¿Pueden instalarse placas fotovoltáicas en la azotea de un edificio?


Sí, el Plan General de Ordenación Urbana permite, con carácter general, su colocación en las azoteas de los edificios, tanto si superan la altura máxima como si no . Como requisito se exige que produzcan energía para el consumo del edificio ("al servicio de la edificación "), siendo factible comercializar el exceso de energía generado, sin que exista limitación en cuanto al porcentaje destinado al consumo o a la comercialización.
Por razones de estética pueden no permitirse en el ámbito del Casco Histórico y edificios catalogados.

Su implantación requiere licencia urbanística de obra mayor mediante el procedimiento X406 por declaración responsable, a excepción de edificios protegidos o de interes ambiental que se tramitarán por licencia urbanistica.

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