05 septiembre 2017

El Ayuntamiento solicita al Juzgado el levantamiento de la suspensión cautelar del 010

El Ayuntamiento estaría obligado a desistir de la remunicipalización en caso de que el Juzgado no levantase la medida cautelar impuesta

La petición municipal alerta de una posible vulneración del artículo 24 de la Constitución al dejar al Ayuntamiento en una situación de indefensión

El Ayuntamiento de Zaragoza ha solicitado al Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 el levantamiento de la suspensión cautelar de la remunicipalización del 010, como consecuencia de la decisión de la actual empresa prestadora del servicio, Pyrenalia, de cesar en dicha prestación. Teniendo en cuenta que la suspensión cautelar dictada en su momento por el juzgado estaba condicionada a la posibilidad de que Pyrenalia continuara prestando el servicio en tanto no hubiera sentencia, este cambio de las circunstancias son motivo, a juicio del Gobierno municipal, para no mantener la suspensión cautelar.
La no continuación de Pyrenalia viene acompañada, además, de la imposibilidad de autorizar a esta empresa la cesión a otra empresa de su grupo empresarial, Datanoise, tal y como había solicitado. La existencia de informes negativos por parte de la Asesoría Jurídica y del servicio de Contratación han llevado al Gobierno de la ciudad a rechazar esta cesión. Desde el Ayuntamiento se ha comunicado al Juzgado esta decisión del Gobierno, tomada el 30 de agosto tras recibir los correspondientes informes jurídicos desfavorables.

En la incidencia que el Ayuntamiento ha trasladado al Juzgado se hace constar que, en caso de que no haya un levantamiento o una modificación de la suspensión cautelar, no tendrá otra posibilidad el Gobierno de Zaragoza que acordar la revocación de la remunicipalización acordada en febrero de este año y dar continuidad al proceso de licitación suspendido en 2015. De esta manera, una medida cautelar tendría el mismo efecto que una sentencia firme, y el Gobierno tendría que anular su decisión sin tan siquiera haber una sentencia y, por tanto, sin tan siquiera haber podido ejercer su derecho a la defensa. En la incidencia que se traslada al Juzgado, el Ayuntamiento destaca que a su juicio, en este caso, se estaría vulnerando el artículo 24 de la Constitución Española, ya que en caso de mantenerse la suspensión cautelar la situación del Ayuntamiento sería de absoluta indefensión, puesto que no habría podido ejercer su derecho a la defensa en un juicio que ya nunca se celebraría, al haber tenido que anular el Gobierno la decisión que es causa de recurso por parte de CEOE y Delegación del Gobierno.

En la rueda de prensa, el Consejero de Servicios Públicos y Personal, Alberto Cubero, ha manifestado que "hacemos un último intento de defensa del legítimo derecho de un Gobierno democrático a adoptar decisiones en el ámbito de sus competencias. Si no es atendido por el Juzgado, nos encontraríamos probablemente ante el primer caso en la justicia española donde una medida cautelar tiene más eficacia que una sentencia, ya que al menos las sentencias pueden ser recurridas a un tribunal superior."

Además, Cubero ha querido destacar el cariz político que ha tomado este proceso desde el inicio ya que "los recursos son presentados por dos entidades (CEOE y Delegación del Gobierno) vinculadas al Partido Popular y que ambas han contado con información necesaria para realizar los recursos que no ha sido proporcionada por el Ayuntamiento por los cauces formales, siendo especialmente grave que la CEOE tuviera el informe del Interventor antes incluso de que estuviera firmado y entregado al Gobierno".

Por último, Cubero se ha referido a la situación de las trabajadoras del 010, "a las que les adeudan la nómina de 3 meses y que en ningún momento el Juzgado ha mostrado el mínimo interés por su situación. La única solución que garantiza su continuidad laboral a corto plazo y el cobro puntual de sus nóminas es la remunicipalización. Ojalá el Juzgado número 4 piensa en estas 14 trabajadoras cuando resuelva nuestra petición."