Apertura de Actividades no Calificadas
DESCRIPCIÓN
La Licencia de Apertura se exigirá para los establecimientos comerciales e industriales que no precisen licencia de actividad clasificada y tenderá a asegurar que los locales e instalaciones reúnen las debidas condiciones de tranquilidad, seguridad y salubridad. (Art. 232º de la Ley 3/2009 de Urbanismo de Aragón).
La comunicación previa es aquel documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la Administración municipal urbanística competente sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 23 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Están sujetas a comunicación previa la nueva implantación, apertura o modificación de las actividades en establecimientos comerciales, industriales y de prestación de servicios que no precisen licencia ambiental de actividades clasificadas, sin obras o con obras que pueden ser tramitadas por acto comunicado .
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Requisitos
Comprende todas aquellas actividades de uso comercial, administrativo u otros diversos, que no se encuentran calificadas por la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón, y que no requieren de licencia de acondicionamiento u obras en el establecimiento para el ejercicio de la misma.
Se distinguen por un lado, las actuaciones comunicadas y por otro las de procedimiento/resolución ordinaria, y éstas últimas, según la documentación requerida en materia de prevención de incendios.
TIPOS:
- Actividades de uso comercial o administrativo con establecimiento o local situado en planta baja o pisos alzados sin utilización de sótano para el público, con superficie no superior a 200 m2 y aforo inferior a 100 personas.
- Actividades de uso comercial o administrativo con establecimiento o local con superficie superior a 200 m2 y resto de usos o actividades no calificadas.
- Domicilio social, con la limitación de 10 m2 para el ejercicio de la actividad en la vivienda del titular, pudiéndose solicitar para cualquier planta del edificio.
- Cambio de Titularidad.
Normativas:
- LEY 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.
- Ordenanza Fiscal nº 13: Tasas por prestación de Servicios Urbanísticos
- Ordenanza Municipal de Medios de Intervención en la Actividad Urbanística (MIAU)
- Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Zaragoza
- Ordenanzas Generales de Edificación
Pago
- Tasa según Ordenanza Fiscal nº 13.
Plazo Resolución
Las comunicaciones previas producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.
FORMAS DE TRAMITACIÓN:
Por Internet
INICIAR TRÁMITE CON CERTIFICADO
PROCESO:
Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes pasos:
- Que documentación tiene que enviar:
- Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las instrucciones para almacenar los impresos.
- Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.
- Iniciar el procedimiento, seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general, en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
- Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional, si la hubiera, y pulse la opción Enviar.
- A continuación, se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".
Procedimiento
DOCUMENTACIÓN:
Impresos relacionados:
- Acreditación de representación (documento pdf)
- Autoliquidación en línea: Tasa de Apertura y Actividad.
- Declaración de actividad en el domicilio habitual (modelo A4) (documento pdf)
- Declaración de cambio de titular (documento pdf)
- Declaración de no estar dado de alta en el IAE (documento pdf)
- Documentación Técnica Certificada para Comunicacion de Apertura en establecimientos industriales (modelo A3) (documento pdf)
- Documentación Técnica Certificada para Comunicacion de Apertura (modelo A2) (documento pdf)
- Memoria Técnica Certificada para Comunicacion de Apertura (modelo A1) (documento pdf)
- Modelo 036 AEAT
- Solicitud de Comunicación Previa (Modelo 430) (documento pdf)
Órgano Gestor:
Vía Hispanidad, 20, Planta 1 - Zaragoza 50071
- Tfno: 976 721044
- Horario: De 8.30 a 13h.