Formas de tramitación
Por internet
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Documentación
El solicitante de este tipo de licencias deberá presentar la siguiente documentación:
- Solicitud en modelo 450 con los datos de identificación del solicitante y dirección y forma de notificación (Número, piso, letra, código postal, teléfono, fax, referencia catastral).
- Etiqueta o en su defecto fotocopia del N.I.F. o del D.N.I.
- Acreditación de representación tanto a título particular, profesional o legal (nombramiento de administrador o de apoderado para las entidades con personalidad jurídica -S.A., S.L.) o documento de constitución de la sociedad civil o de la comunidad de bienes.
- Declaración (en el caso de no estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E) y no ejercer la actividad, o de alta en el Censo (Modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria- AEAT-).
- Copia de autoliquidación de la Tasa de la Ordenanza Fiscal n.º 11 (Anuncio B.O.P.).
- Copia del documento de ingreso de la autoliquidación de la Tasa por Apertura/Actividad de la Ordenanza Fiscal n.º 13.
- 2 proyectos de Actividad Clasificada suscritos por técnico competente y visados por el Colegio cuando así sea exigible por la normativa. A partir del 3 de febrero de 2025 al ser la tramitación electrónica se precisa subir al registro electrónico un ejemplar del proyecto.
NOTAS
- Si de conformidad con el artículo 4 de la OMPCI de 2010 la protección de prevención contra incendios debe ser informada por el Servicio contra incendios deberá aportarse un ejemplar mas del proyecto.
- En caso de usos industriales ha de tenerse en cuenta los indicadores de dimensión previstos en el artículo 2.6.4.4 aptdo. a) de las NNUU del PGOU para aplicar correctamente las superficies máximas del uso industrial en la zona y grado.
- En caso de zonas H, que no hayan sido desarrolladas u objeto de autorización previa se deberá aportar copia simple de acta notarial donde se renuncie al incremento de valor por las obras realizadas, así como a los costes de su instalación y obras de acondicionamiento ante un posible requerimiento del Ayuntamiento de Zaragoza, para dar cumplimiento a lo establecido en ell artículo 29.3 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, pudiendo otorgarse licencia para una instalación provisional siempre y cuando no se dificulte la ón del planeamiento, uso que habrá de cesar cuando el Ayuntamiento lo determine sin indemnización alguna.
- En caso de usos sanitarios se deberá aportar la autorización sanitaria del Gobierno de Aragón.
- En caso de que el proyectista considere que la modificación de la actividad es no sustancial deberá presentar la documentación técnica necesaria que justifique dicho aspecto de acuerdo con el artículo 74 de la LPPAA.
Proceso.
Si dispone del DNI electrónico u otro Certificado Electrónico Reconocido admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza o sistema Cl@ve puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes
PASOS:
1. Qué documentación tiene que enviar
- Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las Instrucciones para Almacenar los Impresos.
- Si es necesario presentar alguna documentación adicional que Vd. dispone en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.
2. Iniciar Procedimiento
- Generar su solicitud haciendo clic en el botón rojo Iniciar trámite con Certificado o sistema Cl@ve y accederá al inicio de su solicitud que cumplimentará de forma guiada y que será recibida en el órgano gestor correspondiente del Ayuntamiento de Zaragoza. Deberá completar sus datos e indicar si desea que las notificaciones se cursen electrónicamente en el espacio "Notificaciones" de "Mi Carpeta Ciudadana", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel (salvo sujetos obligados a relación electrónica según art. 14 de la ley 39/2015).
- La solicitud será generada automáticamente con los datos que cumpliemente. Incorpore además la documentación adicional, si la hubiera.
- A continuación, se le pedirá que firme su presentación (sólo si dispone de certificado electrónico o Cl@ve Permanente con registro fehaciente) y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en cualquier momento en su espacio "Registro de Entrada" de "Mi Carpeta Ciudadana".
- Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición.