Recomendaciones Gobierno de Aragón Nivel 3. Vigentes a partir del 20.03.21.
Normativa
Marzo 2021
- DECRETO de 18 de marzo de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.
- ORDEN SAN/173/2021, de 17 de marzo, por la que se establecen modulaciones en relación con la aplicación del nivel de alerta sanitaria 3 ordinario a las actividades de ocio y tiempo libre juvenil, centros de ocio infantil y educación no formal .
- Orden SAN/86/2021, de 3 de marzo, de declaración de nivel de alerta sanitaria 3 ordinario y modulación de medidas aplicables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón (Boletín Oficial de Aragón, 4 de marzo, extraordinario número 12, PDF, 540 KB)
- Medidas actualizadas de prevención y contención en los centros de servicios sociales especializados para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia producida por el virus SARSCoV-2, tras haberse completado la primera etapa de vacunación frente a la covid-19 (BOA, 4 de marzo, extraordinario numero 12, PDF, 540 KB)
- Decreto de 1 de marzo de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto de 15 de enero de 2021(BOA), 1 de marzo, extraordinario número 11, PDF, 267 KB)
Consulta sobre las restricciones:
976 713 119
Recomendaciones:
- Toque de queda entre 23 y 6h.
- Actividad no esencial: Vuelven a su horario habitual.
- ¿Que actividades son esenciales?
Agrupamientos
- Máximo de 4 personas en espacios públicos cerrados
- 6 personas en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes
- En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes
Desde 20.03.21

¿Qué se considera actividad esencial?
- Alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad y productos higiénicos, incluida los mercados al aire libre y la venta no sedentaria.
- Establecimientos farmacéuticos, centros, establecimientos y servicios sanitarios, servicios sociales y socio sanitarios, parafarmacia y ópticas y productos ortopédicos
- Centros o clínicas veterinarias y alimentos para animales de compañía.
- Mercados ganaderos
- Servicios profesionales y financieros.
- Prensa, librería y papelería.
- Floristería.
- Combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías y estaciones de inspección técnica de vehículos.
- Estancos.
- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
- Comercio por Internet, telefónico o correspondencia y servicios de entrega a domicilio.
- Tintorerías, lavanderías, el ejercicio profesional de la actividad de peluquería y de centros de estética.