Pago de Multas de Tráfico
DESCRIPCIÓN
Puede tener uno de estos documentos
Para realizarlo debe de tener o una carta de pago o el boletín de denuncia (copia rosa)
Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones al texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Todas las denuncias, excepto las infracciones previstas en el art. 77.h), j), n), ñ), o), p), q) y r), podrán hacerse efectivas, siempre que dicho pago se efectúe durante los 20 días naturales siguientes a la notificación del inicio del procedimiento por el propio policía o por el instructor de dicho expediente, con una reducción del 50% sobre la cuantía correspondiente que se haya consignado correctamente.
El abono anticipado con la reducción señalada implica el seguimiento del procedimiento sancionador abreviado y, en caso de no hacerlo, el procedimiento sancionador ordinario.
Una vez realizado el pago voluntario de la multa en el plazo establecido y con la reducción del 50% citada, se tendrá por concluido el procedimiento sancionador con las siguientes consecuencias:
- La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán por no presentadas.
- La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago.
- El agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
- La firmeza de la sanción en la vía administrativa desde el momento del pago, produciendo plenos efectos desde el día siguiente.
- La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores, siempre que se trate de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos.
Plazo de Presentación:
En todo caso las multas que no hayan sido abonadas durante el procedimiento deberán hacerse efectivas dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción.
Normativas:
- Decreto de Alcaldía de 19/01/2009 por el que se delegan competencias de carácter general en los Consejeros delegados de las áreas de Gobierno.
- Decreto de Alcaldía sobre la aprobación de las cuantías correspondientes a Infracciones en materia de Tráfico (Multas) - (Para infracciones cometidas desde el 25.05.2010 hasta el 08.05.2014)
- Decreto de Alcaldía sobre la aprobación de las cuantías correspondientes a Infracciones en materia de Tráfico (Multas). (Para infracciones cometidas a partir de 09.05.2014)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Ordenanza General de Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza
- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
- Real Decreto 1398/1993 Reglamento de procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (documento pdf)
- Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
- Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
FORMAS DE TRAMITACIÓN:
Por Internet
Para la realización de estos trámites en línea no se necesita el certificado electrónico.
Boletín de denuncia (copia rosa)
- Este sistema únicamente es aplicable a denuncias formuladas por policías locales, con copia rosa del boletín de denuncia. No sirve para pagar con los tickes de denuncia de las zonas de estacionamiento regulado.
- La sanción a pagar debe de estar en período voluntario.
- El importe debe de ser el que aparece en la casilla "Euros" del boletín de denuncia. El sistema calculará automáticamente las reducciones aplicables. Si paga la sanción en el plazo de 20 días naturales desde que la denuncia le fue notificada, el importe de la sanción se reduce en un 50%.
- El importe de la sanción es el consignado por la persona que efectúa el pago. DE NO CORRESPONDERSE CON EL IMPORTE CORRECTO DE LA MULTA se le comunicará por parte de la Oficina de Tráfico para que abone la diferencia hasta el importe total de la misma, quedando lo abonado como pago a cuenta, y constando el expediente SIN PAGAR hasta que la totalidad de la multa quede satisfecha.
Es obligatorio consignar un teléfono de contacto y/o una dirección de correo electrónico por si desde la Oficina de Tráfico se tuviesen que poner en contacto con quien realiza el pago. - En el caso de seleccionar la opción "Crear Recibo", tras consignar todos los datos correctamente se generará un recibo con el que podrá efectuar el pago. Se recomienda imprimir o guardar en un archivo del PC el recibo que se genere, pudiendo con el mismo abonar la multa, durante el periodo de pago que se fija en el documento cobratorio, en las siguientes Entidades Bancarias: Ibercaja, Bantierra, BBVA, Banco Santander y Caixa Bank.
- En el caso de seleccionar la opción "Crear Recibo y Realizar Pago", tras consignar todos los datos correctamente se generará un recibo y se redirigirá a una pasarela para realizar el pago de manera telemática. Necesitará disponer de una tarjeta de crédito o débito para realizar el pago, pudiendo así mismo realizarlo a través de Bizum.
Iniciar trámite SIN Certificado
Ticket Zona horaria
Este tipo de documento no se puede pagar por este medio. Información sobre cómo pagar este tipo de denuncias
Carta de pago
Si quiere realizar el pago vía web acceda al trámite Pago con Tarjeta de Crédito o con Bizum o Pago a través de Entidades Financieras
Puede realizar también el pago, a través de Bizum.
Requerimiento Conductor
Debe de seguir el proceso que se describe en el trámite de Comunicación de datos del conductor
Presencial
PROCESO:
Pago en la Oficina del órgano gestor mediante tarjeta bancaria (presencial). Presentación del recibo emitido de Pago en entidad bancaria colaboradora.
Pagos en IBERCAJA, BANTIERRA, BBVA, BANCO SANTANDER o CAIXABANK.
NOTA ACLARATORIA: No se admitirá el pago en efectivo en la oficina del órgano gestor.
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Avda. de la Policia Local, 2 - Zaragoza 50021
- Tfno: 976724100, 4136 - Pago telefónico 976723523 (8,30 a 13,30 h) y 976724200
- Fax: 976723519
- @: plz-multastrafico@zaragoza.es
- Horario: De 8 a 14 h.(en días laborables)
Por Teléfono
Impresos relacionados:
Órgano Gestor:
Avda. de la Policia Local, 2 - Zaragoza 50021
- Tfno: 976724100, 4136 - Pago telefónico 976723523 (8,30 a 13,30 h) y 976724200
- Fax: 976723519
- @: plz-multastrafico@zaragoza.es
- Horario: De 8 a 14 h.(en días laborables)