Agua

Agua. Solicitud de aplicación de Bonificaciones de la Tarifa General


Descripción

Trámite a seguir para que sean de aplicación bonificaciones sobre la tarifa general en viviendas.

Cada hogar se tipifica como "Tipo 1", "Tipo 2" o "Tipo 3",  en función de las rentas, bienes y activos financieros de que disponga.

PLAZO DE VIGENCIA

Se concede por un periodo determinado, en función de las características del titular de la póliza, que puede ser reducido de acuerdo con las circunstancias que concurran:

  • Pensionistas: 3 años.
  • Desempleados: 1 año.
  • Personas en activo: 2 años.

Antes de finalizar el periodo de validez de la concesión, que le será recordado en la factura periódica,  ha de solicitarse la Renovación para seguir disfrutando de la misma tarifa, acreditando nuevamente el cumplimiento de los requisitos exigidos. De no hacerse así, a partir de la fecha de caducidad comenzará a aplicarse la tarifa general vigente en ese momento

REDUCCIONES QUE SE APLICAN
Concepto Hogar Tipo 1 Hogar Tipo 2 Hogar Tipo 3
CUOTA FIJA AGUA 50% 0% 50%
CONSUMO AGUA TRAMO 1 99% 7% 50%
CONSUMO AGUA TRAMO 2 75% 7% 50%
CONSUMO AGUA TRAMO 3 0% 0% 0%
REGOGIDA DE BASURAS 100% 12,4% 50%
TRATAMIENTO Y ELIMINACIÓN BASURAS 100% 12,4% 50%

 

Importe de Referencia: IPREM anual (14 pagas) - 8.400,00

Ingresos Máximos por Hogar para acceder a Tarifas Especiales (2024)
TAMAÑO HOGAR
(Nº DE PERSONAS EMPADRONADAS)
LÍMITE INGRESOS MÁXIMOS ANUALES
HOGARES TIPO 1
LÍMITE INGRESOS MÁXIMOS ANUALES
HOGARES TIPO 2
LÍMITE INGRESOS MÁXIMOS ANUALES
HOGARES TIPO 3
Hasta 4 Personas 16.866,00 24.239,00 21.984,48
5 Personas 21.083,00 22.239,00 21.984,48
6 Personas 25.299,00 28.456,00 26.201,00
7 Personas 29.516,00 32.673,00 30.418,00
8 Personas 33.732,00 36.890,00 34.635,00
9 Personas 37.949,00 41.107,00 38.852,00
10 Personas 42.165,00 45.324,00 43.069,00

VALOR MÁXIMO DEL PATRIMONIO (bienes inmuebles, muebles, activos financieros y sus rendimientos)
I.P.R.E.M anual x 5,88 = 49.392,00 €

Requisitos

  • Para que sean aplicables las bonificaciones de la tarifa general a la vivienda habitual del solicitante, han de cumplirse los siguientes requisitos:
    • a) La póliza de abastecimiento de agua debe estar a nombre de alguno de los ocupantes de la vivienda. De no ser así, consulte el procedimiento de "Cambio de Titular" para cumplir este requisito.
    • b) El titular ha de tener domiciliadas todas las pólizas de agua de las que sea titular, así como estar al corriente de pago de cualquier exacción municipal (art. 18.1h de la Ordenanza Fiscal General Tributaria).
    • c) La suma de los ingresos percibidos por la totalidad de los ocupantes de la vivienda no puede superar las cantidades indicadas en la tabla de ingresos.
    • d) Tampoco deberán disponer de bienes, activos financieros, o propiedades, exceptuando la vivienda habitual, por un valor acumulado superior a 3,5 veces el salario mínimo interprofesional.
  • Cualquier alteración en el número de personas empadronadas en el hogar o en los ingresos percibidos, que tenga repercusión sobre los requisitos exigidos y se produzca durante la vigencia de la autorización, deberá ser comunicada en el plazo máximo de un mes desde que se hubiera producido y tendrá efectos a partir de la facturación siguiente a aquella en que se hubiera comunicado. Utilice para ello los medios dispuestos al efecto.
  • Si se produce un cambio de vivienda durante la vigencia de la autorización, será necesario volver a solicitar la bonificación de la tarifa general para la nueva póliza de abastecimiento, tras la modificación del empadronamiento de los miembros del hogar.

Plazo de Presentación


Las solicitudes se pueden presentar en cualquier momento a partir de la fecha en que se cumplen los requisitos.

Formas de tramitación


Presencial

Lugar de Presentación

Unidad de Tasas y Precios Públicos
  • Direccion: Vía Hispanidad, 20 50071
  • 976 724567, 4558, 3449
  • Horario
    • De lunes a viernes de 8 a 13 horas.
    • Si desea, puede solicitar Cita previa

Documentación

  • Solicitud según modelo específico que se cumplimenta en el momento de la tramitación en la oficina de atención al cliente.
  • N.I.F. o N.I.E. del titular beneficiario.
  • N.I.F. o N.I.E. del solicitante.
  • Nóminas de los 3 últimos meses
  • Última declaración de la renta de todas las personas mayores de edad que figuren en el certificado del padrón de habitantes. En el caso de no realizar la declaración de la renta no es necesario presentar el certificado negativo, basta con hacerlo constar en el momento de la solicitud.
  • Aunque no es imprescindible, se recomienda aportar factura o recibo de agua a nombre del beneficiario.
  • Pensionistas: Justificante de ingresos por pensiones de todos los mayores de edad que figuren empadronados en la vivienda para la que se solicita la tarifa especial y tengan la condición de pensionistas. Este justificante es emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Puede solicitarlo a través de:
    • Su página web,
    • Por teléfono en el 901 166 565
    • Por correo o personalmente, dirigiéndose al Centro de Atención e Información del INSS al que corresponda su domicilio. Esa información la pueden facilitar en la Dirección Provincial del INSS Dirección Provincial del INSS C/ Dr. Cerrada, 6 Tlfno.: 976 703400 Fax: 976 703440
  • Parados: La tarjeta de demanda de empleo actualizada y justificante del Organismo competente de no percibir prestación alguna, o justificante de la prestación que cobra y el tiempo que se le ha concedido.
  • Ingreso Aragonés de Inserción: En caso de percibir este ingreso, aportar justificante de concesión. No es necesario presentar los justificantes de ingresos y declaraciones de renta.
  • Cualesquiera otra documentación que se considere necesaria para determinar el nivel de renta y patrimonio de la unidad familiar.

 

Proceso

  • Este trámite se puede realizar presencialmente pero también mediante solicitud formal presentada tanto en papel como en formato electrónico a través de la Oficina Virtula Tributaria.
  • Con la documentación aportada, se comprueba si, inicialmente, se cumplen los requisitos exigidos.
  • Si no se cumplen los requisitos, no será admitida la solicitud.
  • Si se cumplen los requisitos, se tipifica la póliza en el tipo que corresponda en función de los ingresos totales y se entrega justificante de la solicitud en el que consta el periodo previsto de validez y la fecha de caducidad, sin perjuicio de las comprobaciones posteriores.
  • Caso de comprobarse con posterioridad a la solicitud, que no se cumplen los requisitos exigidos, se desestimara la solicitud.
  • Ante la denegación de las bonificaciones solicitadas, el titular podrá iniciar expediente de reclamación ante el ayuntamiento de Zaragoza, aportando toda la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de los requisitos por los que se hubiera desestimado su solicitud.
  • Si no le es posible desplazarse hasta el Ayuntamiento, puede hacer su solicitud sustituyendo el modelo específico por una instancia modelo general, que deberá remitir, acompañada del resto de la documentación indicada y una declaración responsable respecto a la veracidad de los datos facilitados, a: Unidad de Tasas y Precios Públicos (consulte datos de contacto al pie de página)>

Preguntas Frecuentes

Dirigido a:
Última actualización: 2024-01-12

Descarga: Datos Abiertos

Órgano gestor


Unidad de Tasas y Precios Públicos

  • Vía Hispanidad, 20 - 50071
  • 976 72 4567,4558,3449
    • De lunes a viernes de 8 a 13 horas.
    • Si desea, puede solicitar Cita previa