Asuntos Personales

Bienes Funerarios: Transmisión de Titularidad (Cementerio de S. Juan Mozarrifar)


Descripción

Transmisión de la titularidad del derecho de uso privativo de bienes funerarios (nichos, columbarios, sepulturas y capillas) del Cementerio Municipal de S. Juan de Mozarrifar.

La transmisión del bien funerario en ningún caso altera las condiciones y plazo de la concesión.

TIPOS
La transmisión del bien funerario puede ser:

  • 1. Mortis causa a favor del sucesor testamentario o ab intestato.
  • 2. Intervivos a favor de parientes del titular en línea directa y colateral hasta el 4º grado, ambos por consanguinidad, y hasta el 2º grado por afinidad, y de cónyuges y asimilados con el titular inmediatamente anterior a la transmisión.
  • 3. A terceros. Se admite la transmisión de bienes funerarios a terceros siempre y cuando por el titular cedente se abone al Ayuntamiento el 50% del valor actualizado de la concesión.

 

Formas de tramitación


Presencial

Lugar de Presentación

Oficina de Registro Seminario
  • Direccion: Vía Hispanidad, 20 50071
  • Horario
    • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,30 h.
Junta Vecinal San Juan Mozarrifar Oficina de Registro Plaza del Pilar
  • Direccion: Pza. del Pilar , 18 50071
  • Horario
    • De lunes a viernes de 8:30 a 13,30h. (excepto festivos)
    • Lunes y jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19h.

Documentación

  • 1) Instancia normalizada que incluye, entre otros datos:
    • Identificación de titulares y nuevos adquirentes: fotocopia de DNI/NIE, o NIF de todos los interesados intervinientes.
    • Domicilio a efecto de notificaciones (calle, número, piso, letra, teléfono / fax / correo electrónico).
    • Identificación clara de la unidad funeraria que se transmite (MANZANA-CUADRO/FILA-NUMERO) y, en su caso, nombre de las personas inhumadas en la misma.
  • 2) En su caso, escrito de representación (familiar, allegado o empresa funeraria).
  • 3) Entre familiares: fotocopia Libro de Familia, testamento, declaración de herederos o declaración jurada de la relación de parentesco y grado.
  • 4) Designación de común acuerdo, firmada por todos los nuevos titulares, del que se nombra como sujeto pasivo en la Base Fiscal. En su caso, domiciliación bancaria de la tasa de mantenimiento.
  • 5) Declaración firmada por todos los titulares de designación de beneficiarios con derecho de enterramiento, en su caso.

Proceso

Si la documentación no está completa, se procederá a requerir su cumplimentación previa citación al interesado, de conformidad con lo previsto en el art. 71 del la Ley 30/1992.

Si la documentación está completa, se procederá a emitir:

  • Documento autorizando la transmisión con identificación del bien funerario (MANZANA-CUADRO/FILA-NUMERO), anteriores titular/es y adquirentes, beneficiarios y plazo de concesión.
  • En los supuestos de Transmisión a Terceros, documento de ingreso de liquidación a favor del Ayuntamiento del 50% del valor actualizado de la concesión. La carta de pago se expide, una vez autorizada la transmisión y previa presentación de la notificación, en las Oficinas del Cementerio municipal de S. Juan de Mozarrifar (Plaza de España nº7).
Dirigido a:
Última actualización: 2021-02-17

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Órgano gestor


Servicio de Información y Atención al Ciudadano