Las licencias o autorizaciones serán transmisibles, salvo que se hubieren concedido atendiendo a las cualidades personales del solicitante o cuando el número de las otorgables fuere limitado.
Los sujetos que intervengan en la transmisión de la licencia, declaración responsable o comunicación previa deberán comunicarlo por escrito a la Entidad Local, quien comprobará que no está comprendida en los casos previstos en el apartado anterior.
En el caso de que no se comunique a la Entidad Local, ambos serán responsables solidarios de los daños que puedan derivarse de su actuación (art. 151, Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón).
Declaración de la actividad a desarrollar (en los supuestos de apertura y/o actividad):
www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Modelos_formularios/modelo_036.shtml
Comunicación-Declaración en la que se manifieste la cesión de los derechos de la licencia, que no ha habido modificación de la obra, actividad ni de instalaciones y que se mantienen las condiciones recogidas en Proyectos o Certificados referidos anteriormente, con firma del titular de la licencia y del nuevo solicitante que desea la titularidad (transmisor y transmitente).
Copia del documento de ingreso de la Autoliquidación de la Tasa por prestación de servicios urbanísticos (Ordenanza Fiscal nº13).
Solicitud de Comunicación Previa (Modelo 430)