Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

Cartel Informativo de Obra

En el ámbito urbanístico el derecho a la información se ha regulado siempre con la máxima amplitud, no sólo por su trascendencia en orden a la seguridad jurídica, sino también porque al ser pública la acción para exigir la observancia de la legislación urbanística y del planeamiento, es necesario facilitar al que la ha de ejercer la información suficiente para fundar su pretensión.

La exigencia de un control administrativo sobre la actividad urbanística, requiere establecer, como una medida mas, de carácter complementario, de lo que deben ser las tareas de inspección de la Administración, la oportunidad de colocar en toda obra o construcción, en lugar visible al público, el denominado "cartel informativo de obra" acreditativo de que la misma dispone de la correspondiente licencia municipal, así como de copia autorizada de la licencia municipal a dicho lugar de obra, extremo recogido en las Ordenanzas Generales de Edificación (art. 8.4.5.a) desde 1974.

Ello, sin duda, facilita las tareas de comprobación, de manera que los Inspectores o Agentes auxiliares urbanísticos o de la Policía Local puedan contrastar que las obras cuentan con el necesario permiso municipal.

Del mismo esta medida permite la existencia de un control social sobre las obras que se realicen en la ciudad, en la medida que cualquier ciudadano podrá constatar fácilmente si una obra cuenta o no con las autorizaciones administrativas correspondientes y podrá ejercer, si lo considera oportuno, la acción pública en materia de urbanismo.

A) A  la vista de lo anterior, el Consejo de Gerencia Municipal de Urbanismo, el 19 de diciembre de 2006, acordó la implantación y obligatoriedad de disponer de un "cartel o distintivo de edificio en construcción o rehabilitación, o local en fase de acondicionamiento", Expte. 1379221/2006 (BOP 26.01.07), atendiendo al siguiente acuerdo:

  • PRIMERO.- Deber de colocar y mantener el cartel informativo de licencia urbanística.
    1. En toda obra o construcción deberá figurar el correspondiente cartel oficial indicativo de la concesión de la licencia urbanística, a los efectos de su conocimiento por los ciudadanos e identificación administrativa.
    2. Esta obligación alcanza a toda obra o construcción, de nueva edificación, rehabilitación o acondicionamiento, de promoción privada o pública que requiera concesión de licencia urbanística o autorización municipal, incorporándose en la parte dispositiva de la correspondiente resolución.
    3. El cartel de obra será colocado a nivel de calle, planta baja o planta primera, en soporte rígido, con sujeciones fijas que aseguren su estabilidad, y en lugar que resulte perfectamente visible y legible desde la vía pública.
    4. Dicho cartel se colocará con carácter previo al comienzo de la obra y permanecerá expuesto en los lugares indicados durante todo el desarrollo de los trabajos, y en buen estado de conservación.
      En caso de promociones de varios bloques, el cartel deberá colocarse, en los lugares señalados, en cada uno de los bloques, o bien en la valla que sirva de recinto de obra a toda la promoción.
    5. Corresponde a la Inspección Urbanística y a la Policía Local velar por el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.
  • SEGUNDO.- Características del cartel.
    El cartel, según los supuestos, tendrá un formato DIN-A0 ó DIN-A3 o distintivo específico, según se indica en el Anexo.
    De forma destacada figurará el escudo municipal, atendiendo a la configuración prevista en el Manual de Identidad Gráfica y a continuación los siguientes datos, a título indicativo, según requiera la propia información de los diferentes supuestos de obras:
    Licencia municipal expte: nº / año
    • Tipo de obra
    • Régimen de protección en los casos de vivienda
    • Situación
    • Promotor
    • Proyectista
    • Constructor
    • Director de la obra
    • Director de ejecución de la obra
    • Coordinador de seguridad y salud
    • Fecha de concesión de la licencia
    • Fecha de inicio y finalización de la obra
  • TERCERO.- Aprobación de modelos del cartel
    Los modelos se aprobarán y en su caso se actualizarán, por resolución del Teniente de Alcalde de Urbanismo y Arquitectura, dando la oportuna publicidad prevista en el presente Acuerdo.
  • CUARTO.- Elaboración del cartel
    1. La elaboración del cartel será por cuenta del promotor o constructor, cumplimentando los datos a partir de los que figuren en la resolución de concesión de la licencia y la correspondiente documentación técnica, siguiendo el modelo oficial.
      En la parte dispositiva de la licencia se hará constar lo dispuesto en esta Resolución, para conocimiento y cumplimiento por parte del solicitante.
    2. En los supuestos en los que el proyecto básico y el de ejecución se presenten por separado, el cartel se confeccionará una vez notificada la aprobación del de ejecución.
  • QUINTO.- Infracciones
    Constituye infracción la realización de actos de edificación o uso del suelo y del subsuelo sin licencia o contraviniendo sus condiciones. En particular:
    • La colocación del cartel cuando no figure resolución recaída en el expediente de solicitud.
    • Cualquier alteración de los datos que deben figurar en el cartel, así como añadido o supresión de su contenido.
    • La no colocación del cartel o su retirada antes de la conclusión de los trabajos.
    • Su colocación en lugares no visibles y legibles desde la vía pública.
    • No mantener el cartel en buen estado de mantenimiento, si como consecuencia de ello deja de cumplir su función al dejar de ser visible y legible desde la vía pública.
  • SEXTO.-Sujetos responsables y procedimiento
    Serán sujetos responsables, sin perjuicio de lo que resulte del expediente sancionador, el promotor, el constructor y el técnico director de la obra.
    En materia de procedimiento y competencias sancionadoreas, se estará a lo dispuesto en la legislación estatal y autonómica de aplicación.
  • SEPTIMO.- Aplicación
    El presente Acuerdo comenzará a aplicarse a todas aquellas solicitudes de licencias que se otorguen a partir del uno de enero de 2007.
    Teniendo en cuenta la trascendencia de esta medida se publicará para su mayor difusión en el Boletín Oficial de Aragón y se pondrá a disposición en la web municipal (www.zaragoza.es/urbanismo) para su utilización.
    Del mismo modo se dará traslado a todos los Servicios gestores de licencias para su aplicación.

 B) A  los efectos de concretar el anterior acuerdo, en cuanto a los modelos de cartel, el Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo y Arquitectura, con fecha 11 de enero de 2007, adoptó la siguiente resolución:

  • PRIMERO.-Modelos y características del cartel y distintivo
    1. Los modelos a través de los cuales los particualres - promotores de obras informarán sobre la obra objeto de la licencia se ajustan a los siguientes formatos:
      • Modelo 1: formato grande, para obras de nueva edificación y rehabilitación, otras de edificios. Dimensiones DINA A0 (84 x 120 cms), posición vertical.
      • Modelo 2: formato pequeño, para obras de acondicionamiento de locales. Dimensiones DIN A3 (30 x 42 cms), posición vertical.
      • Modelo 3: distintivo específico para obras menores, (10 x 14 cms).
    2. Características:
      Soporte rígido en los Modelos 1 y 2, preferentemente policarbonatos rígidos, fondo blanco, sobre los que se puedan colocar vinilos adhesivos o productos similares.
      La distribución del cartel se ajustará al siguiente reparto: 4/10 partes al distintivo municipal; 1/10 parte a la leyenda Licencia Municipal de Obras y 5/10 partes al contenido informativo de la licencia.
      Adhesivo en el Modelo 3, facilitado por el Servicio de Información y Atención al Ciudadano, en el momento de la notificación por personación de la licencia.
    3. Contenido informativo:
      De forma destacada figurará el Distintivo municipal (Zaragoza, Ayuntamiento, Gerencia de Urbanismo), atendiendo a la configuración prevista en el Manual de Identidad Gráfica y a continuación los siguientes datos, según los diferentes supuestos de obras, con el tipo de letra incorporado en el fichero informático:
      Licencia municipal de Obras
      • Tipo de obra
      • Expediente: número / año
      • Situación
      • Organo de resolución
      • Fecha de concesión de la licencia
      • Fecha de inicio
      • Promotor
      • Proyectista
      • Constructor
      • Director de la obra
        www.zaragoza.es/urbanismo
  • SEGUNDO.- Elaboración del cartel
    La elaboración del cartel será por cuenta del promotor o constructor, cumplimentando los datos a partir de los que figuren en la resolución de concesión de la licencia y la correspondiente documentación técnica, siguiendo los modelos oficiales según los anteriores supuestos.
  • TERCERO.- Aplicación
    Los modelos anterioes comenzarán a aplicarse a todas aquellas solicitudes de licencias que se otorguen a partir del uno de enero de 2007, y en las obras menores a partir de la puesta a disposición del distintivo.
    La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Aragón (Sección provincial) y se pondrá a disposición en la web municipal (www.zaragoza.es/urbanismo) para su utilización, según formatos en Anexo.

 C) Con el fin de completar el contenido de dicho cartel, el Consejero de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente, con fecha 15 de noviembre de 2007, adoptó la siguiente resolución:

Expte. 1.088.154/2007. (Publicado en el BOP 10.12.07)

  • PRIMERO.- Incluir en el Contenido informativo del Cartel de Obra la referencia al Director de la Ejecución de la obra y al Coordinador de Seguridad y Salud, manteniendo los formatos actuales, aprobados el 11 de enero de 2007.
  • SEGUNDO.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Aragón (Sección Provincial) y ponerla a disposición en la Web municipal (www.zaragoza.es/urbanismo) para su utilización, a través de los oportunos formatos.

 MODELOS DE CARTEL

Acceso a la normativa

  • Modelo 1: Obras de nueva edificación y rehabilitación (formato grande DIN A0) (84 x 129 cm.)
  • Modelo 2: Obras de acondicionamiento de locales (formato pequeño DIN A3) (30 x 42 cm.)
  • Modelo 3: Obras menores (se facilita en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano en el momento de recoger la notificación) (10 x 14 cm.)