Exp. 21.996/26
El Gobierno de Zaragoza en sesión celebrada en fecha 29 de julio de 2026 acordó lo siguiente:
PRIMERO.- Incoar de oficio, expediente expropiatorio respecto de las fincas que se describen a continuación, destinadas a ampliación de las cocheras municipales, como consecuencia de la aprobación de la modificación aislada TR24/06 del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, por la que los terrenos necesarios para la actuación prevista se califican como sistema general urbanizable SGUZ/ER(38.17) y SGUZ/SP(PU)38.18. Todo ello de conformidad con el procedimiento de tasación conjunta para la determinación del justiprecio expropiatorio previsto en el art. 194 apartado b) y art. 204 del Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, señalando un plazo de un mes, que comenzará a contar desde aquél en que aparezca la última publicación del anuncio, para que quienes puedan resultar interesados formulen ante la Alcaldía, por escrito y de modo razonado, cuantas reclamaciones estimen pertinentes, en particular en lo que concierne a titularidad o valoración de sus respectivos derechos.
La relación de fincas afectadas por expropiación son: Ver documento anexo
El presente expediente será expuesto al público para su consulta durante el plazo de un mes en el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda de la Gerencia Municipal de Urbanismo (Edificio El Seminario, Vía Hispanidad, número 20 - C.P. 50.009) para quienes puedan resultar interesados formulen las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes, en particular en lo que concierne a titularidad o valoración de sus respectivos derechos.Las tasaciones se notificarán individualmente a los que aparezcan como titulares de bienes o derechos en el expediente dándoles traslado de la hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, en cuyo caso el plazo de un mes comenzará a contar desde la fecha de notificación.
SEGUNDO.- El contenido del apartado anterior se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en un periódico local de publicación diaria y en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.
TERCERO.- Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones sin que se hayan producido o, resueltas las que se formulen, se aprobará definitivamente la expropiación mediante procedimiento de tasación conjunta, al amparo del artículo 205 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón aprobado mediante Decreto -Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, dando traslado a los interesados de las hojas de aprecio individualizadas que finalmente resulten.
CUARTO.- Solicitar de los titulares del bien sujeto a expropiación para que en el indicado plazo de alegaciones pongan en conocimiento de la Corporación expropiante la posible existencia de titulares de derechos de ocupación o arrendamientos en la finca afectada, indicando en dicho supuesto nombre y domicilio de dichos afectados, con aportación de los contratos de arrendamiento o títulos que legitiman dichos derechos de ocupación y con expresión de las rentas que se satisfacen por dicho concepto, todo ello con el fin del posible inicio del procedimiento para el desahucio en vía administrativa reseñado en los arts. 64 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.
QUINTO.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.
Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 11/08/2026