El Gobierno de Zaragoza en sesión de fecha 28 de febrero de 2025 resolvió lo siguiente:
PRIMERO.- Incoar de oficio, expediente expropiatorio respecto de las fincas que se describen a continuación, destinadas a Sistema General - Zona Verde Pública 33.04 por el Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, y que se encuentran, en parte, afectadas como consecuencia de la aprobación del proyecto municipal ¿1ª Fase de ejecución para las mejoras de biodiversidad a través de la restauración paisajística e hidromorfológica en el entorno del Río Huerva¿. Todo ello, de conformidad con el procedimiento de tasación conjunta para la determinación del justiprecio expropiatorio previsto en el art. 194 apartado b) y art. 204 del Decreto -Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, señalando un plazo de un mes, que comenzará a contar desde aquél en que aparezca la última publicación del anuncio, para que quienes puedan resultar interesados formulen ante la Alcaldía, por escrito y de modo razonado, cuantas reclamaciones estimen pertinentes, en particular en lo que concierne a titularidad o valoración de sus respectivos derechos. La relación de fincas afectadas por expropiación son:
-. Finca nº1: calle Río Huerva, 6.
Referencia catastral: No tiene. Procede de la parcela catastral 5720504XM7152B.
Superficie a expropiar: 42,20 m².
Propietario: PROINCA ZARAGOZA S.L., 100% del pleno dominio. Inscripción Registral: Inscrita al Tomo 4489, Libro 373, Folio 212, N.º Finca 19.205 (42,20 m² de superficie según Registro). Cargas: Libre de cargas. Hoja de Aprecio: 6.465,85.-?, incluido el 5% del premio de afección.
-. Finca n.º 2: calle Río Huerva, 8-10.
-. Finca n.º 3A: calle Río Huerva, 18, Vivienda en Planta Alta.
-. Finca n.º 3B: calle Río Huerva, 18, Semisótano.
El presente expediente será expuesto al público para su consulta durante el plazo de un mes en el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda de la Gerencia Municipal de Urbanismo (planta calle del Edificio El Seminario, Vía Hispanidad, número 20 - C.P. 50.009) para quienes puedan resultar interesados formulen las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes, en particular en lo que concierne a titularidad o valoración de sus respectivos derechos. Las tasaciones se notificarán individualmente a los que aparezcan como titulares de bienes o derechos en el expediente dándoles traslado de la hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, en cuyo caso el plazo de un mes comenzará a contar desde la fecha de notificación.
SEGUNDO.-. El contenido del apartado anterior se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en un periódico local de publicación diaria y en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.
TERCERO.- Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones sin que se hayan producido o, resueltas las que se formulen, se aprobará definitivamente la expropiación mediante procedimiento de tasación conjunta, al amparo del artículo 205 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón aprobado mediante Decreto -Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, dando traslado a los interesados de las hojas de aprecio individualizadas que finalmente resulten.
CUARTO.- Solicitar de los titulares del bien sujeto a expropiación para que en el indicado plazo de alegaciones pongan en conocimiento de la Corporación expropiante la posible existencia de titulares de derechos de ocupación o arrendamientos en la finca afectada, indicando en dicho supuesto nombre y domicilio de dichos afectados, con aportación de los contratos de arrendamiento o títulos que legitiman dichos derechos de ocupación y con expresión de las rentas que se satisfacen por dicho concepto, todo ello con el fin del posible inicio del procedimiento para el desahucio en vía administrativa reseñado en los arts. 64 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.
QUINTO.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.
Lo que se comunica a Ud. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que la anterior resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponer potestativamente recurso de Reposición en el plazo de 1 mes y ante el mismo órgano que dictó el acto, o bien directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
I.C. de Zaragoza, 4 de marzo de 2025
EL TITULAR DE ORGANO DE APOYO AL GOBIERNO DE ZARAGOZA, P.D. de fecha 23 de agosto de 2017, LA JEFA DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION DE SUELO Y VIVIENDA Fdo.: M ª Teresa Barrao Sanchez
Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 28/03/2025