Asignación del agua y gestión de la escasez en españa: los mercados de derechos de aguas
- Resumen
- Los mercados de derechos de uso de aguas aparecen en España como una nueva forma de reasignación de recursos hídricos, pues las formas tradicionales (revisión concesional, expropiación de derechos, reasignaciones por Ley) no son operativas. La Ley 46/1999, de 13 de diciembre, introduce los contratos de derechos de uso de aguas y autoriza la creación de Centros de Intercambio de Derechos de uso de agua. La regulación jurídica es muy matizada e impide la especulación y la acumulación del agua en manos privadas. Durante la sequía que ahora tiene lugar, se han utilizado en distintos momentos estas formas de asignación de recursos como medio de evitar algunos de sus perjuicios.
- Autor
- Embid Irujo, Antonio
- Palabras Clave
- Sequías, Derecho del agua, España, Concesión administrativa, Cuencas fluviales
- Idioma
- Español
- Documentos
- Ponencia ( 15 pag, 163 Kb )
- Presentación
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