Contratación Pública

Construcción e instalación embarcadero margen izquierda en el ámbito de la U-8: Adjudicación Definitiva

0107019/09 (Z-164)

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE CULTURA Y GRANDES PROYECTOS. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 26 DE MARZO DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE CULTURA Y GRANDES PROYECTOS, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado sin publicidad, las obras de "CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN EMBARCADERO MARGEN IZQUIERDA EN AMBITO DE LA U-8", cuyo presupuesto de licitación es de 198.000,00 euros (I.V.A. excluido); 229.680,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa ESTRUCTURAS ARAGÓN, S.A.U. con C.I.F A01006394 y con domicilio en AVDA. GÓMEZ LAGUNA, 25, 4º 50009 ZARAGOZA por la cantidad de 197.998,66 euros (I.V.A. excluido); 229.678,45 euros (I.V.A. incluido). En la realización de la obra se ocuparán 32 personas (17 de ellos desempleados) con un plazo de ejecución de las obras de tres meses.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 29 de enero de 2009.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

CONSEJERO DEL ÁREA DE CULTURA Y GRANDES PROYECTOS

Fdo.: Jerónimo Blasco Jáuregui

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