Contratación Pública

Electrificación en media y baja tensión del área de intervención g-56-13 en barrio Oliver: Adjudicación Definitiva

0960929/09

DECRETO DEL SR. CONSEJERO DE URBANISMO, VIVIENDA, ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Consejero de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado sin publicidad, las obras incluidas en la separata al proyecto de "ELECTRIFICACIÓN EN MEDIA Y BAJA TENSIÓN DEL ÁREA DE INTERVENCIÓN G-56-13 EN BARRIO OLIVER", cuyo presupuesto de licitación es de 177.922,30 euros (I.V.A. excluido), a la empresa COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS, S.A., con C.I.F. A-46146387 y con domicilio en C/ Paraíso, 3 50410 Cuarte de Huerva (Zaragoza), por la cantidad de 134.128,10 euros (I.V.A. excluido), al que se adicionará el 16% de I.V.A. (21.460,50 euros), lo que supone un importe total de 155.588,60 euros (I.V.A. incluido), y con un plazo de ejecución de 2 meses.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Específicas obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal (Servicio de Ingeniería de Desarrollo Urbano).

SEGUNDO.- Dicho gasto se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria 2009 GUR 43213 60503 "PIBO (2.2 y 4.3): Proy. Urb. y Demoliciones G-56-13..."; ...300.000,00 euros; documento contable RC: 091527.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL CONSEJERO DE URBANISMO, VIVIENDA, ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE,

Fdo.: Carlos Pérez Anadón.

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