El TACPA admite la totalidad de las cláusulas sociales incluidas en los pliegos de condiciones del contrato de Parques y Jardines

02 April 2018

El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TAPCA) ha dictado una resolución sobre el recurso presentado por la Asociación Española de Empresas de Parques y Jardines (ASEJA) contra los pliegos de condiciones de licitación de la "Conservación y mantenimiento de parques y zonas verdes de la Ciudad de Zaragoza (Zona I)", en la que da la razón al Ayuntamiento en los aspectos del recurso relativos a las cláusulas sociales y levanta la suspensión para que pueda continuar su tramitación administrativa.
Como se recordará, el Ayuntamiento de Zaragoza inició en diciembre del pasado año el procedimiento administrativo para la licitación del contrato de mantenimiento de parques y zonas verdes de la Zona I, que comprende la zona de la ciudad ubicada en la margen derecha del Ebro. En los pliegos técnicos y administrativos se recogían una serie de novedosas cláusulas de tipo social, encaminadas fundamentalmente a mejorar las condiciones y la seguridad de los trabajadores y trabajadoras de la contrata. Se trataba de unos pliegos pioneros en nuestro país, que recibieron el reconocimiento del Observatorio Ciudadano de los Servicios Públicos por las mejoras que presentaban. Dichos pliegos fueron recurridos por ASAJA y, como consecuencia de ello, el TACPA dictó el pasado 21 de enero una resolución por la que se suspendía la tramitación administrativa de este procedimiento de licitación hasta que se resolviera el recurso.
Con el acuerdo que ha dictado el TACPA resolviendo este recurso, se admiten como válidas la totalidad de dichas cláusulas sociales, y se levanta la suspensión acordada el pasado mes de enero, por lo que el expediente vas a continuar su tramitación administrativa de forma inmediata.
Los principales aspectos de las cláusulas de tipo social que el TACPA ha respaldado con su resolución son:

  • Imposibilidad de minorar las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras del servicio por parte de la empresa concesionaria.
  • Creación de una bolsa de empleo para que las contrataciones del personal que va a prestar el servicio se aproximen a los criterios de igualdad, mérito y capacidad que rigen el las administraciones públicas.
  • Limitación de la posibilidad de llevar a cabo despidos de personal por parte de la empresa concesionaria
  • Obligación por parte de la empresa adjudicataria de elaborar y llevar a cabo un plan de igualdad para todos los trabajadores y trabajadora.

Por otro lado, la resolución del TACPA también ha respaldado la posición municipal respecto a otras cláusulas de los pliegos, encaminadas a primar en las valoraciones del proceso de adjudicación la calidad del servicio a prestar frente a la oferta económica pura y dura, así como al incremento de la cuantía de las sanciones por los incumplimientos más graves que se puedan producir por parte de la empresa, que se multiplican por 10 para posibilitar sanciones que podrían alcanzar hasta los 300.000 euros.
En la comparecencia que ha ofrecido el consejero de Servicios Públicos y Personal, Alberto Cubero, para valorar esta resolución del TACPA, se ha congratulado de que este tribunal administrativo haya respaldado la postura municipal frente a las pretensiones de la patronal de Parques y Jardines en materia social. "Tras la victoria que ya obtuvimos en el Juzgado de lo Social contra la Patronal en el proceso de remunicipalización del 010, esta nueva resolución nos consolida en nuestra línea de trabajo para implantar cláusulas sociales en los pliegos de condiciones de los contratos públicos. Unas cláusulas que son pioneras en el Estado español, que han obtenido reconocimientos públicos por los observatorios nacionales de servicios públicos y que, consolidadas por este fallo del TACPA, son ya una realidad que vamos a extender a los nuevos procedimientos de contratación que se vayan llevando a cabo", ha manifestado.

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