Inspector/a Policía Local (PI)
20/05/2026 Acuerdo Tribunal de Selección (calificaciones segundo ejercicio)
ANEXO I A ACTA N.º 8
ACUERDO del Tribunal de Selección del proceso selectivo convocado para el acceso a 5 plazas de INSPECTOR/A POLICIA LOCAL por el turno de promoción interna y mediante el sistema selectivo de concurso-oposición
Primero. Concesión de calificaciones de la segunda prueba del segundo ejercicio (segunda prueba). -
Conceder las calificaciones a la segunda prueba del segundo ejercicio de la fase de oposición que constan en documento de calificaciones (anexo II).
Segundo. Publicación. -
Ordenar se proceda a la publicación de las calificaciones otorgadas en la segunda prueba del segundo ejercicio en el Tablón de anuncios y en la página web municipal.
Tercero. Copia de examen y revisión de calificación concedida. -
Comunicar a todas las personas participantes en el ejercicio del proceso selectivo que disponen de 2 días hábiles, a los efectos de formular y presentar petición de copia de examen realizado, así como de revisión de la calificación concedida.
El plazo de alegaciones comienza el día 21 de mayo y finaliza el día 22 de mayo de 2026.
Cuarto. Gestión de solicitudes de copia de examen. -
Autorizar al titular de la secretaría de este Tribunal calificador y al personal auxiliar colaborador para que procedan en los supuestos de solicitudes de copia del examen realizado, a la entrega a la persona interesada de la correspondiente copia del mismo.
Quinto. Fase de concurso: acreditación o justificación documental de méritos alegados. -
Conceder a aquellas personas aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición, un plazo de tres días hábiles para la aportación documentalmente (presentación en soporte papel) de la acreditación de los méritos alegados.
El plazo comienza el día 21 de mayo de 2026 y finaliza el día 25 de mayo de 2026.
Todos los méritos alegados deberán poseerse en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, no pudiendo el Tribunal valorar méritos obtenidos y alegados con posterioridad a la fecha citada.
Los méritos que no resulten suficientemente justificados no serán valorados, además si en su caso se probase la falsedad de lo alegado o justificado, quienes en ella incurriesen serán excluidos del proceso selectivo, previa audiencia de la persona interesada.
Lo que se comunica a los efectos que correspondan y para el oportuno conocimiento de las personas interesadas.
I. C. de Zaragoza, a 20 de mayo de 2026.
