Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

MODIFICACIÓN AISLADA NÚMERO 3; PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA. ÁREA DE INTERVENCIÓN: AC-44

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 2004, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. - Resolver parcialmente, a la vista de los informes obrantes en el expediente, la alegación formulada por Zaragoza Alta Velocidad 2002, S.A., en el trámite de información pública de la modificación aislada número 3 del vigente Plan General de Ordenación Urbana que afecta a la modificación 44.02, de acuerdo con el informe técnico municipal de 21 de octubre de 2.003, remitiéndose copia del informe técnico municipal a la alegación para precisar el alcance de la estimación. El resto de las alegaciones formuladas durante el período de información pública al expediente de modificación aislada número 3 por la Asociación de Propietarios del Sector 16-1 de Zaragoza, S.C.P., y resto de la alegación de Zaragoza Alta Velocidad 2002, S.A., en relación a la modificación aislada número 16.03, y por Iberebro, S.A., y Pikolin, S.A., y conjuntamente por Ebrosa, Promociones Nicuesa, S.A., y Construcciones Tabuenca, S.A., en relación a la modificación aislada número 61.03, se resolverán con el acuerdo definitivo que se adopte en relación a las modificaciones aisladas objeto de alegación y que no se aprueban en este acuerdo.

Segundo. - Aprobar con carácter definitivo la modificación aislada del vigente Plan General de Ordenación Urbana denominada 44.02, que es una parte de las contenidas en el expediente denominado modificación aislada número 3 del documento de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, según proyecto redactado por el Departamento de Ordenación y Gestión Urbanística de fecha mayo de 2003, modificado por otro de fecha abril de 2004, condicionándose la presente aprobación definitiva a la formalización en el oportuno documento público entre el Ayuntamiento de Zaragoza y la sociedad Zaragoza Alta Velocidad 2002, S.A., dentro del plazo de tres meses desde la publicación del acuerdo de aprobación definitiva de la modificación aislada número 44.02, de la cesión gratuita de las dotaciones locales públicas contenidas en la modificación aislada que se aprueba, a las que se ha obligado la citada sociedad durante la tramitación de la modificación aislada objeto del presente acuerdo.

Tercero. - Condicionar asimismo la aprobación definitiva de la modificación del ámbito 44.02, al cumplimiento de las siguientes condiciones que modifican el documento de compromisos aportado al expediente por la sociedad Alta Velocidad Zaragoza 2002, S.A.:

  • a) Los compromisos se refieren a la cesión y urbanización de las dotaciones públicas del ámbito, por lo que se amplía el apartado II con el termino de urbanización.
  • b) El plazo de materialización del compromiso de urbanizar las zonas verdes públicas que surgen de la modificación aislada se computa desde la publicación del acuerdo de aprobación definitiva de la modificación aislada y no desde la concesión de las licencias de obras.
  • c) El adquirente o adquirentes de los terrenos, si los hubiere, se subrogarán en todas las obligaciones de urbanización pendientes derivadas de la modificación y que han sido aceptadas en el presente expediente por la sociedad Zaragoza Alta Velocidad 2002, S.A.

Cuarto. - Las modificaciones aisladas contenidas en el expediente de modificación aislada número 3, denominadas 16.03 y 61.03, se resolverán en expediente separado, siendo necesario en unos casos el previo dictamen favorable de la Comisión Jurídica Asesora en las modificaciones que afectan a las zonas verdes y a cambios de clasificación de suelo no urbanizable especial a suelo urbano o urbanizable, así como el cumplimiento de condiciones previas señaladas en los antecedentes de hecho o el cumplimiento de las justificaciones que señala el acuerdo del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón en su acuerdo.

Quinto. - Notificar el presente acuerdo a la sociedad Zaragoza Alta Velocidad 2002, S.A.

Sexto. - De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, y el artículo 143 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios del Reglamento de Planeamiento, y del régimen de publicación de la revisión del vigente Plan General de Ordenación Urbana, se publicarán el acuerdo de aprobación definitiva de la presente modificación, anejo 4- áreas y fichas de ordenación y anejo 8-suelos pertenecientes a los sistemas de espacios libres y equipamientos y servicios, en el BOP o, en su caso, en la sección provincial del "Boletín Oficial de Aragón".

Séptimo. - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños , municipios, deberá remitirse a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza copia de los documentos integrantes de la modificación aislada núm. 3 del documento de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza aprobada definitivamente.

Octavo. - Según dispone el artículo 145 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, de planeamiento urbanístico, el acuerdo de aprobación definitiva se inscribirá en el libro registro de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística.

Noveno. - Dar traslado del presente acuerdo al Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón y a los distintos servicios municipales.

Décimo. - Facultar a la Alcaldía-Presidencia para que adopte las resoluciones pertinentes en orden a la ejecución del presente acuerdo. Lo que se comunica para general conocimiento y efectos, advirtiéndose que la anterior resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, previo recurso de reposición potestativo ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo previsto los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la disposición adicional 4.ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la leyOrgánica del Poder Judicial. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente. Zaragoza, 8 de junio de 2004.

- El secretario general, P.D.: El vicesecretario general, Luis Giménez Abad.

ÁREA DE INTERVENCIÓN: 44 Superfície total (m2): 946.268,00

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLAZMIENTO Terrenos ferroviarios en la Avenida de Navarra.
OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN - Ubicación de la nueva Estación Intermodal.
- Soterramiento y cubrimiento de las vías hasta la antigua estación de Delicias.
- Comunicar el Barrio de Delicias con la Almozara y el Ebro.
- Creación de una nueva centralidad con una amplia oferta de terciario y equipamientos que cubran las necesidades del Área AC-44 y paliar deficiencias dotacionales de los barrios de Delicias y Almozara.
CONDICIONES VINCULANTES - Los terrenos deberán ordenarse mediante un Plan Especial que se ejecutará de acuerdo con lo establecido en el convenio firmado entre el Gobierno de Aragón, Ministerio de Fomento, Ayuntamiento de Zaragoza, RENFE y GIF.
- Los aprovechamientos, usos e intensidades, asignados a esta pieza urbana por este Plan General son los que se determinan en el apartado correspondiente de la presente ficha.
- Se considerarán usos tolerados restringidos los existentes en la actualidad cuando estén implantados amparados por Planes Generales anteriores y por las correspondientes licencias, hasta que se apruebe el Plan Especial.
- Si bien la ordenación de la pieza requerirá la tramitación de un Plan Especial , como ha quedado dicho anteriormente, la estructura viaria contemplada en los planos de Ordenación tiene carácter de determinación de Plan, tal que , en base a ella, podrán redactarse los oportunos Proyectos de Urbanización.. Ello no impedirá que en el marco del referido Plan especial puedan plantearse soluciones viarias distintas de las previstas en los planos de Ordenación, sin que ello suponga modificación del Plan General.
- Así mismo, el presente Plan General determina para la parcela en que se emplaza el futuro edificio de Estación, condiciones de uso e intensidad que, en tanto no sea modificadas por el Plan Especial ya refereido, tendrán plena validez, con independencia de la suscripción del Convenio citado anteriormente.
- Como consecuencia de la segregación de la porción de suelo de este área, situado entre el nuevo acceso a la Estación y el Centro Cultural de Delicias, la alineación de la calle Santa Oorosia frente a la nueva manzana calificada como A1/1 distará, como mínimo, 20 metros de la fachada de esta manzana.
DETERMINACIONES EXIGIDAS EN EL ART.35 DE LA LEY URBANÍSTICA DE ARAGÓN A) Delimitación de su perímetro: El señalado en el plano adjunto, considerándose dicha delimitación como un sector.
B) Condiciones, plazos y prioridades para la urbanización del sector: Las que se establezcan en el Plan Especial.
C) Asignación de intensidades, tipologías edificatorias y usos globales:
  • Intensidades:
    • a) Parcela estación: 130.000 m2. - Uso estación: 1m2/m2. - Uso lucrativo: 32.500 m2.
    • b) Resto: - Usos lucrativos: vivienda 307.672 m2; 2.842 viviendas. - Otros usos compatibles: 188.792 m2.
  • Tipología: A2 grado 1.
  • Viviendas: altura máxima: 9 plantas.
  • Usos: - Vivienda. - Compatibles zona A2.
  • Usos compatibles:
    • 50% máximo en torres, altura máxima: 20 plantas.
    • Resto: en bajos viviendas o edificios: 9 plantas.
D) Aprovechamiento medio del sector: 0,559 m2/m2
E) Dotaciones locales incluidas las obras de conexión con los sistemas generales: Parcela estación: 130.000 m2. - Viarios, equipamientos y sistema ferroviario: 40%. - Espacios libres: 20%.
ZONIFICACIÓNEn lo no regulado por las determinaciones anteriores se remite a zona F, a desarrollar mediante Plan Especial.
HOJA DEL PLANO DE REGULACIÓN I-14, J-14

ANEJO VIII. Suelos pertenecientes a sistemas de espacios libres y de equipamiento y servicios.

CÓDIGOHOJAS DEL PLANO LOCALIZACIÓN, IDENTIFICACIÓN, O EMPLAZAMIENTOSUPERFICIE (m2) SISTEMA GENERAL O LOCAL PÚBLICO (PUB) PRIVADO (PV) GRUPOS DE USO OBSERVACIONES
ZVEDEEESEAECEReEEsSPSISA
  Área de referencia 44                 
44.16J-14Zona verde junto al Centro Socio-Cultural 3.826 SLX X           

MODIFICACIÓN AISLADA NÚMERO 3; PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA. ÁREA DE INTERVENCIÓN: AC-44