Contratación Pública

Explotación de Servicios Complementarios de Fitness y Salud en el Centro Deportivo Municipal Siglo XXI: Decreto de modificación del contrato administrativo especial

0310270/07
0278891/15

DECRETO DE LA ILMA SRA. CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES. EN LA I.C. DE ZARAGOZA A DOS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISEIS.


Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, esta Consejera de Derechos sociales en virtud de las atribuciones delegadas  por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009 y Decreto de la Alcaldía de 18 de junio de 2015, resuelve lo siguiente:


PRIMERO.- Declarar de interés público la modificación del contrato administrativo especial para la "Explotación de Servicios Complementarios de Fitness y Salud en el Centro Deportivo
Municipal Siglo XXI", ya que los precios de las Áreas Fitness y Salud de los Centros Deportivos Municipales están fuera de mercado y no son competitivos, siendo superiores a los del sector privado lo que va en detrimento de la rentabilidad social de las instalaciones deportivas municipales suponiendo una pérdida de usos en sus instalaciones deportivas, y con la  situación de crisis económica se ha producido una tendencia bajista de los ingresos de los últimos años incrementada con la implantación de los gimnasios "Iow cost" que siguen en crecimiento y que provocan el descenso de usuarios en los centros municipales por su imposibilidad de competitividad en los precios.


SEGUNDO.- La modificación de las condiciones de prestación del contrato arriba indicado consiste en la supresión de la horquilla de los precios mínimos de la estructura de tarifas  básicas del Área Fitness y salud del CDM SIGLO XXI, manteniéndose inalterables el resto de las condiciones del contrato.


TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el arto 12 bis de la Ley 3/11, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, publicar la modificación en el B.O.A y en cel perfil del contratante, notificando a todos los licitadores admitidos a la licitación.


CUARTO.- Facultar a la Sra. Consejera de Derechos Sociales para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente acuerdo.


QUINTO.- El presente Decreto deberá ser inscrito en el Libro correspondiente.


LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES,

Fdo.: Luisa Broto Bernués

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