Ayuntamiento

Tablón Municipal

Servicio de Administración de Suelo y Vivienda

Aprobar definitivamente la expropiación de la finca registral número 34.621

El Gobierno de Zaragoza en sesión de fecha 2 de junio de 2022 resolvió lo siguiente:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente la expropiación de la finca registral número 34.621, con referencia catastral 7010539XM7170G0001EA, de 140 m² de superficie sita según registro de la propiedad número 5 de los de Zaragoza en C/ Palma de Mallorca número 32 (y según datos del Catastro en C/ Palma de Mallorca 36), por resultar afectada por la alineación establecida por el Plan General de Ordenación Urbana para la apertura de un vial que comunique la calle Palma de Mallorca con la calle San Antonio de Padua, todo ello de conformidad con lo determinado en el art. 18 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y art. 17 de su propio Reglamento, una vez que la incoación del presente expediente expropiatorio ha sido expuesta al público en el B.O.P. de Zaragoza número 917 de 19 de febrero de 2022, en cumplimiento de lo exigido por el art. 18 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y artículos 17 y 26 del Reglamento que la desarrolla. Durante el periodo de información pública, la representante legal, Dª Raquel Rescalvo Ribes actuando en nombre y representación de D. Santiago González Valero, D. Antonio Ganzález Valero, D. Benito González Valero y Dª Hortensia González Valero, ha comparecido informando que el inmueble objeto de expropiación no se encuentra arrendado, desconociendo si está ocupado de forma ilegal, hecho que fue llevado a los tribunales y terminó con sentencia absolutoria por no quedar suficientemente probado la voluntad contraria de los propietarios a la ocupación.

SEGUNDO.- La titularidad de la finca objeto de expropiación, una vez realizadas las preceptivas comunicaciones y publicaciones previstas en la vigente Ley de Expropiación Forzosa, queda redactada tal y como se indica a continuación:

  • - González Soler, Armonia Natalia, con DNI 17.335.846, 1/4 parte indivisa de pleno dominio y 1/4 parte indivisa del usufructo de viudedad.
  • - González Valero, Antonio, con NIF 17.148.596-A, 1/8 parte indivisa del pleno dominio.
  • - González Valero, Santiago, con NIF 25.169.589-E, 1/8 parte indivisa del pleno dominio.
  • - González Valero, Benito, con NIF 25.428.468-J, 1/8 parte indivisa del pleno dominio.
  • - Gonzalez Valero, Hortensia, con NIF 25.446.034-F, 1/8 parte indivisa del pleno dominio.
  • - Langarita Gonzalez, Manuel, con DNI 17145326, 1/20 parte indivisa de nuda propiedad.
  • - Langarita Gonzalez, Celso, con DNI 17711061, 1/20 parte indivisa de nuda propiedad.
  • - Langarita Gonzalez, Emilio, con DNI 17161854, 1/20 parte indivisa de nuda propiedad.
  • - Langarita Gonzalez, Eduardo, 1/20 parte indivisa de nuda propiedad.
  • - Langarita Gonzalez, María Sonia, 1/20 parte indivisa de nuda propiedad

El presente expediente se encuentra para su consulta en el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda de la Gerencia Municipal de Urbanismo (antiguo Seminario, vía Hispanidad, número 20, C.P. 50009).

TERCERO.- La adopción del presente acuerdo supone el inicio del expediente expropiatorio propiamente dicho, de conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, debiendo publicarse el mismo en el Boletín Oficial de la Provincia, en un periódico de publicación diaria y en el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial, a los efectos oportunos.

CUARTO.- Requerir a los propietarios de las fincas afectadas por expropiación para que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la vigente L.E.F., hagan saber a esta Corporación, dentro de los siete días siguientes a que reciba la notificación de este acuerdo y en escrito dirigido al Ilmo. Sr. Alcalde, las condiciones en que se avendrían a convenir libremente y de mutuo acuerdo con el Excmo. Ayuntamiento el justiprecio derivado de las ocupaciones de referencia.

QUINTO.- El presente acuerdo supone el inicio, a efectos de cómputo de plazos, para un posible desahucio administrativo, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.

SEXTO.- Dar traslado al Servicio de Nuevas Actuaciones en Viarios para su conocimiento y efectos.

SÉPTIMO.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Sostenibilidad, o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

Lo que se comunica a Ud. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que la anterior resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponer potestativamente recurso de Reposición en el plazo de 1 mes y ante el mismo órgano que dictó el acto, o bien directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

I.C. De Zaragoza 10 de junio de 2022

LA JEFA DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION DE SUELO Y VIVIENDA Fdo.: M ª Teresa Barrao Sanchez

Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 20/06/2022