Ayuntamiento

Tablón Municipal

Servicio de Administración de Suelo y Vivienda

Aprobar definitivamente la expropiación de una porción de terreno situada en la Calle Alejandro Oliván 9-15

El Gobierno de Zaragoza en sesión celebrada el día 20 de septiembre de 2019 ha acordado lo siguiente:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente la expropiación de una porción de terreno de 52,13.-m2 de superficie procedentes de la finca con referencia catastral 3029441XM7133A, situada en la Calle Alejandro Oliván 9-15 de esta Ciudad, propiedad de la Comunidad de Propietarios de la calle Alejandro Oliván 9-15, destinada a viario público en la modificación aislada nº 165 del vigente PGOU aprobada por Acuerdo Plenario de 25 de marzo de 2019, una vez expuesto al público en el B.O.P. de Zaragoza número 5076 de 15 de Junio de 2.019 de conformidad con lo previsto en el art. 18 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y arts. 17 y 26 del Reglamento que la desarrolla.

SEGUNDO.-. Desestimar la alegación presentada por la Comunidad de Propietarios de la calle Alejandro Oliván 9-15 solicitando la ampliación de la franja de terreno expropiada por cuanto el expediente expropiatorio trae causa en la nueva alineación de la parcela introducida por la modificación aislada nº 165 del PGOU, siendo viario únicamente la porción de terreno de 52,13.-m2,

TERCERO.-. La adopción del presente acuerdo supone el inicio del expediente expropiatorio propiamente dicho, de conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, debiendo publicarse el mismo en el Boletín Oficial de la Provincia, en un periódico de publicación diaria y en el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial, a los efectos oportunos.

CUARTO.- Requerir a la propiedad de la finca afectada por expropiación para que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la vigente L.E.F., hagan saber a esta Corporación, dentro de los siete días siguientes a que reciban la notificación de este acuerdo y en escrito dirigido al Ilmo. Sr. Alcalde, las condiciones en que se avendría a convenir libremente y de mutuo acuerdo con el Excmo. Ayuntamiento el justiprecio derivado de las ocupaciones de referencia.

QUINTO.- El presente acuerdo supone el inicio, a efectos de cómputo de plazos, para un posible desahucio administrativo, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.

SEXTO.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Sostenibilidad o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO POSTESTATIVO DE REPOSICION EN EL PLAZO DE UN MES DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA RECEPCION DE ESTA NOTIFICACION O DIRECTAMENTE RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de DOS MESES, , todo ello según lo previsto en los Reguladora de las Bases de Régimen Local y Arts. 114 y concordantes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 39/2.015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

I. C de Zaragoza,7 de octubre de 2019

LA JEFA DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE SUELO Y VIVIENDA, P.A. Fdo. Ana de La Hera Garbati 

Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 16/10/2019