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Bases de la Convocatoria: Técnico Superior en Sociología

Fecha de Publicación del Boletín: 02/05/2008

Técnico Superior en Sociología

Bases para la Selección de 1 Técnico Superior, Licenciado en Sociología Grupo/Subgrupo A1 y Constitución de la lista de espera en la citada categoría.

PRIMERA. Objeto y publicidad:

Es objeto de las presentes bases y su consiguiente convocatoria la selección de personal no permanente (funcionarios interinos/contratos temporales) para el desempeño de funciones de Técnico Superior, Licenciado en Sociología, Grupo/Subrupo A1. Los candidatos que sean propuestos por la Comisión de Selección pasarán a constituir la lista de espera en las categorías de Técnico Superior, Licenciado en Sociología.

El proyecto a realizar se concreta en la iniciativa del Ayuntamiento de Zaragoza denominada Milla Digital cuyo objetivos estratégicos tienen como finalidad apoyar la innovación tecnológica española con una duración prevista para la ejecución del proyecto hasta 31 de diciembre de 2009.

De conformidad con el articulo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes de este procedimiento selectivo, la exposición en el Tablón de Edictos ubicado en la Casa Consistorial -Plaza Pilar nº 18-.

SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes:

1.- Para ser admitido los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a ) Nacionalidad: Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Edad: Tener cumplidos dieciseis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

c) Titulación: Estar en posesión del título de Licenciado en Sociología.

d) Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el normal desempeño de las funciones del cargo.

e) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por resolución judicial.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, además no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.- Todos los requisitos enumerados en estas bases deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

TERCERA.- Instancias:

1.- Quienes deseen tomar parte en este proceso deberán hacerlo constar en instancia dirigida a la Coordinación General del Área de Hacienda, Economía y Régimen Interior en la cual los interesados deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda de la convocatoria.

2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza o por cualquiera de los medios señalados en el articulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.- El plazo de presentación de la instancia será el de diez días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

4.- No se abonarán derechos de examen.

5.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes.

CUARTA.- Admisión y exclusión de aspirantes:

1.- Expirado el plazo de diez días para la presentación de instancias, se procederá a publicar en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Zaragoza la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en su caso el día lugar y hora para la celebración de los ejercicios o pruebas correspondientes, así como aquellas otras decisiones que se acuerden por la Comisión de Selección.

Dentro de los cinco días naturales siguientes a dicha publicación se podrán efectuar reclamaciones contra la lista de aspirantes admitidos y excluidos, y si transcurriesen estos sin que se formule reclamación alguna, la lista se elevará a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

2.- El orden de actuación de los aspirantes, será a partir de la letra X (O.E.P.2008).

QUINTA.- La Comisión de Selección será designada por la Consejería Delegada del Área de Gobierno de Hacienda, Economía y Régimen Interior publicándose su composición junto con la lista de aspirantes admitidos y excluidos.

Los miembros de la Comisión de Selección quedan sujetos al régimen de abstención y recusación establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a partir de su constitución el Tribunal para actuar validamente requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, incluidos los que ejerzan la Presidencia y la Secretaria.

SEXTA.- Sistema de Selección: La selección se realizará mediante la valoración de méritos y/o la realización de aquellos ejercicios y pruebas que la Comisión de Selección en su sesión de constitución acuerde.

La estructura del proceso (méritos y baremo, ejercicio/s y forma de calificación),serán objeto de comunicación los aspirantes mediante publicación en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial, junto a la lista de admitidos y excluidos.

El puesto de trabajo requiere experiencia en la elaboración y presentación de ponencias y seminarios en ingles y francés para eventos en el extranjero y conocimiento de otros idiomas.

SEPTIMA.- Desarrollo, calificación, propuesta, aportación de documentos y reconocimiento médico:

1.- Comenzada la práctica de los ejercicios, la Comisión de Selección podrá requerir en cualquier momento del proceso selectivo a los aspirantes para que acrediten su identidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria.

2.- Los candidatos serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidos quienes no comparezcan.

3.- Una vez finalizado el proceso, la Comisión de Selección procederá a proponer a los aspirantes que constituirán la lista de espera en la categoría de referencia.

4.- Los aspirantes propuestos deberán:

a) Aportar fotocopia compulsada de la titulación exigida. En el caso de ser invocado en la instancia un título equivalente al exigido en la base segunda, habrá de acompañarse certificado o documento expedido por la Administración educativa que acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión y aportar fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación (título académico y en su caso, traducción jurada)

b) Aportar declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

c) Los de nacionalidad española aportarán fotocopia del D.N.I. Los nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores aportaran fotocopia compulsada del pasaporte, los familiares de los anteriores, además fotocopia compulsada del documento acreditativo del vinculo de parentesco y declaración jurada del ciudadano del Estado europeo al que afecta dicho vinculo haciendo constar que no esta separado de derecho de su cónyuge o, en su caso, que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

d) Someterse previa citación que será cursada por el Servicio de Selección y Gestión de Persona, a reconocimiento médico que se efectuará por el Servicio de Prevención y Salud.

5.- Quienes dentro del plazo indicado, salvo casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación o el resultado del reconocimiento médico fuera no apto , no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones.

OCTAVA.- Toma de posesión y cese:

1.- Efectuado el nombramiento como funcionario interino o personal laboral, se estará obligado a tomar posesión o firmar el contrato en el plazo de cuarenta y ocho horas, compareciendo para ello en el Servicio de Selección y Gestión de Personal. Transcurrido dicho plazo sin comparecer, se entenderá que renuncia al nombramiento o a la firma del contrato.

2.- El cese como funcionario interino se producirá cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento.

El contrato de trabajo será rescindido conforme a las causas válidamente consignadas en el mismo o, por expiración del tiempo convenido o por realización de la obra o servicio objeto del contrato (art. 49 E.T.).

NOVENA.- Impugnación:

La presente convocatoria con sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de la Comisión de Selección podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

I.C. de Zaragoza, a 18 de abril de 2008.

La Coordinadora General del Área de Hacienda, Economía y Régimen Interior.

Marta Castejón Gimeno

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