Organizaci�n Municipal

MOCIÓN QUE PRESENTAN CONJUNTAMENTE LOS POPULAR, SOCIALISTA Y CIUDADANOS PARA SU DEBATE Y VOTACIÓN EN EL PRÓXIMO PLENO DE 24.02.2017

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En el mes de mayo del pasado año, conocimos a través de los medios de comunicación que Pedro Santisteve Rache había acudido a la Fiscalía para poner en conocimiento del Ministerio Público unos hechos presuntamente delictivos que afectaban a la gestión y a los gestores de la sociedad municipal Ecociudad S.A.U., así como a responsables de la empresa DRACE encargada de la Estación de Depuración de Aguas Residuales de La Almazara.

Esta denuncia se tramitó por parte de quien siendo Alcalde de Zaragoza y Presidente del Consejo de Administración de la citada sociedad Municipal sin que éste diese cuenta ni al Pleno del Ayuntamiento ni, lo que es más grave, al Consejo de Administración de la mercantil. Tampoco consta que dicha denuncia se realizase bajo el sustento jurídico ni de la Asesoría Jurídica Municipal ni de la Secretaría General del Pleno que actúa a su vez como secretario del Consejo de Administración.

El origen de esta insólita actuación por parte de máximo responsable político de la ciudad y de Ecociudad está, al parecer, en una visita "sorpresa" efectuada por la vicepresidenta de Ecociudad, Teresa Artigas y el Consejero de Servicios Públicos, sin competencias de gobierno sobre Ecociudad ni sobre la planta, en el nies de septiembre. Dicha visita, publicitada a posteriori como "inspección", aun cuando en modo alguno puede calificarse como tal, se realizó a espaldas de los responsables de la planta y de los gestores y técnicos de Ecociudad.

Como consecuencia de esta visita, los Sres. Cubero y Artigas pusieron en cuestión algunos aspectos de la gestión, derivando incluso procedimientos sancionadores posteriormente archivados. En concreto, se cuestionaron entre otras cosas las mejoras incluidas en los pliegos de contratación, las cuales fueron modificadas respecto de las originales de acuerdo con los gestores de Ecociudad.

Desde ese momento, se tiene conocimiento de actuaciones de carácter administrativo, impulsadas por el Alcalde de Zaragoza, que se encaminan a cuestionar la documentación elaborada por Ecociudad y DRACE para acordar la modificación de dichas mejoras, siendo en particular un acta donde se recogen las mismas, el objeto fundamental de la denuncia que plantea el Sr. Santisteve a la Fiscalía.

Finalmente, tras las actuaciones judiciales llevadas a cabo en los meses de junio y julio, el Juzgado de Instrucción 4 de Zaragoza, de acuerdo con el Ministerio Fiscal, acordó el sobreseimiento libre de la causa, entendiendo que toda la documentación cuestionada eJa legal y que la modificación de las mejoras se ajustaba plenamente a derecho.

Este sobreseimiento, redunda en una actuación absolutamente frívola que puso en cuestión de manera totalmente injustificada el honor de funcionarios municipales y además, se hizo mediante procedimientos de dudosa procedencia, así como mediante actuaciones no sostenidas en informes técnicos o jurídicos de ninguna clase.

En su momento, tanto en el Consejo de Administración de Ecociudad, como en el Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza, se exigió por parte de los Grupos y de los Consejeros, explicaciones cumplidas acerca de todas las decisiones adoptadas por los diferentes miembros del Gobierno, así como la documentación e informes sobre los que se sustentaron las diferentes actuaciones de éstos. Todas esas peticiones han sido reiteradamente ignoradas de modo que, hasta la fecha, no se han dado explicaciones cumplidas y adecuadas sobre estos hechos.

Todo esto se pone en relación con las reiteradas actuaciones planteadas por el Gobierno en relación al intento de municipalizar la planta de depuración de La Almozara, incluida la dilación deliberada en tramitar los pliegos de licitación, toda vez que el Consejo de Administración acordó proceder a su elaboración y aprobación y que pone en riesgo claramente la continuidad del funcionamiento regular de la planta una vez se produzca el abandono de la misma por parte de la actual concesionaria.

Dada la gravedad de los mismos, y la reiterada negativa del gobierno a aclarar las dudas surgidas, tanto ante el Pleno como ante el Consejo de Administración, resulta procedente al amparo del artículo 122.4 del Reglamento Orgánico Municipal constituir una Comisión Especial de Investigación en el marco de la cual se aclaren los hechos y decisiones adoptadas por los diferentes responsables del gobierno y particularmente del Alcalde de Zaragoza, en estos hechos.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista, presenta ante el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza la siguiente:

MOCIÓN

  • 1. El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza acuerda constituir, al amparo del artículo 122.4 del Reglamento Orgánico Municipal una Comisión Especial de Investigación al objeto de aclarar los siguientes extremos:
    • a. Las actuaciones puestas en marcha por el Gobierno de Zaragoza que desembocaron en la presentación, por parte del Alcalde de Zaragoza de una denuncia ante el Ministerio Fiscal contra el gerente y otros responsables de Ecociudad S.A.U.
    • b. La gestión del Alcalde de Zaragoza como Presidente del Consejo de Administración en relación al proceso de licitación de los pliegos de "Asistencia material para la prestación de tareas incluidas en la operativa diaria de la planta de recuperación de agua y la estación depuradora La Almazara, de Zaragoza".
  • 2. Dicha comisión se constituirá conforme a los siguientes elementos:
    • a. Composición:
      • Presidente
      • 2 vocales por cada grupo municipal los cuales ostentarán voto ponderado conforme a la representación de cada grupo.
      • Secretario que será desempeñado por el Secretario General del Pleno.
    • b. Funcionamiento
      • El funcionamiento de la misma se regirá por los dispuesto en el Reglamento Orgánico municipal y por lo previsto para el funcionamiento de los órganos colegiados en la nueva ley de Procedimiento Administrativo.
    • c. Comparecencias:
      • El número y contenido de las mismas se determinarán en la sesión constitutiva de la comisión.
    • d. Duración:
      • La comisión se constituirá con una duración de 3 meses a contar desde la constitución de la misma pudiéndose prorrogar por periodos de 1 mes, por acuerdo de la Comisión.
    • e. Conclusiones:
      • Se someterán para su posterior aprobación al Pleno.
  • 3. A los efectos de convocar la sesión constitutiva de la Comisión, se acuerda convocar, en el plazo máximo de 7 días desde la aprobación de la presente moción, a la Junta de Portavoces.

Fdo: Jorge Azcón Navarro, Carlos Pérez Anadón, Sara Fernández Escuer