MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE CHA PARA SU DEBATE Y APROBACION EN EL PLENO MUNICIPAL DE 28.11.2014
Ver moción en formato pdfEl BOE del 10 de diciembre de 2013, publicaba el texto de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE). Una ley orgánica que desarrolla un derecho fundamental y básico -como la Educación-aprobada por un solo grupo parlamentario, lo que da idea de la falta de diálogo, debate y consenso habidos en su tramitación.
En una competencia autonómica, como es la Educación, impone la centralización y la uniformidad; en una competencia que debe aspirar a formar ciudadanos se busca la formación de mano de obra barata y sin cualificación fomentando la visión mercantilista y sometiendo la educación al mercado, en lugar de garantizar un mínimo de cultura para toda la ciudadanía.
Antes de la aprobación de dicha Ley, el 19 de septiembre de 2013, el Gobierno de Aragón iniciaba un expediente municipal en el que solicitaba la cesión a favor de Aragón de varias parcelas calificadas como educativo público en Valdespartera, solicitando su ampliación a deportivo.
El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza aprobó en el Pleno de 28 de octubre de 2013 una moción de CHA en la que se instaba al Gobierno de la Ciudad Ha no ceder solares públicos, presentes o futuros, calificados como equipamiento educativo para la construcción y gestión de centros concertados, y a acordar cuantas actuaciones sean necesarias al ob;eto de que la cesión de los mencionados solares a la administración educativa autonómica incorporen la expresa condición de no poder ser sometidos a concursos públicos, vinculando los mismos exclusivamente a la construcción de equipamientos públicos gestionados directamente por la administración pública. La citada condición se incorporará, como carga real, cuando se inmatriculen los mismos en el Registro de la Propiedad que por ubicación les corresponda"
Como resultado de dicha moción se solicitó al Gobierno de Aragón incorporación de un informe al expediente de solicitud de cesión de las parcelas educativas 89.52, 89.53 Y 89.54 del sector 89/3 (Valdespartera) por el que se vinculara la cesión a la construcción de equipamientos públicos gestionados directamente por la Administración Pública, para incorporarlo al documento de transmisión.
La respuesta del Gobierno de Aragón, lejos de respetar el ámbito de decisión municipal, fue iniciar un procedimiento contencioso-administrativo, despreciando al Ayuntamiento de la Capital de su propio país mediante una intromisión en las competencias municipales en materia de planificación urbanística y en el ámbito de la participación y cooperación con la Administración educativa y con la intervención en la gestión de los centros docentes públicos (art. 42,2 ñ de la Ley de Administración Local de Aragón). Simplemente, la derecha española intenta imponer su modelo educativo, que no lo entiende tanto como elemento integrador e igualitario, sino como una oportunidad de negocio, convirtiendo la enseñanza pública en un elemento cuasi-asistencial.
Llama la atención el interés en desarrollar esa parcela educativa con ese modelo en ese lugar cuando hay casi un centenar de solares públicos calificados como educativos públicos pendientes de desarrollar en el PGOU de Zaragoza, algunos ya cedidos al Gobierno de Aragón. Por todo ello, el Grupo Municipal de Chunta Aragonesista en el Ayuntamiento de Zaragoza, presenta para su debate y aprobación en Pleno la siguiente
MOCiÓN
El Pleno del Ayto. de Zaragoza insta al Gobierno de Zaragoza a recurrir la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Zaragoza, desfavorable a los intereses municipales.
Fdo: Juan Martín Expósito

