Perfil de Contratante

Mejoras en el Colegio Público Julian Sanz Ibañez: Adjudicación Provisional

Expdte: 0095075/09

DDECRETO DEL AL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO VIVIENDA ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 9 DE MARZO DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Consejero del Área del Urbanismo, Vivienda, Arquitectua y Medio Ambiente en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado sin publicidad, las obras de "MEJORAS EN EL COLEGIO PUBLICO JULIAN SANZ IBAÑEZ", cuyo presupuesto de licitación es de 194.618,08 euros (I.V.A. excluido); 225.756,97 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa URVILAR, S.L. con C.I.F: B-50589704 y con domicilio en Ctra. Nacional II, Km. 315,800, Edificio Expo Zaragoza, Oficina, 3, Zaragoza, por la cantidad de 141.331,65 euros (I.V.A. excluido); 163.944,71 euros (I.V.A. incluido) y un plazo de jecución de dos meses y medio. El fomento de empleo y las mejoras ofertadas son:

Personal previsto a ocupar en la ejecución de la obra: 26.

Porcentaje de trabajadores desempleados que supere el mínimo de trabajadores previsto en el Pliego de Clausulas Administrativas: 0%. Porcentaje de trabajadores propios a emplear en el conjunto de su oferta es del 52%.

Mejoras cuantificables económicamente y de interés municipal: uno por ciento del presupuesto de ejecución material del contrato.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 28 de enero de 2009.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 7.066,58 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos a los que se hace referencia en la cláusula 11 (706,66 euros) del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

QUINTO.-Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto, incluida la relativa a Seguridad y Salud.

SEXTO.-El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA,ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE

Fdo.: Carlos Pérez Anadón

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