Unidades de ejecución, delimitación y modificaciones (X136)
Última Actualización: 04/09/2015 Concepto:
Ámbitos físicos que sirven a los efectos de la ejecución del planeamiento y cuya
delimitación se realizará de forma que permita el cumplimiento conjunto de los deberes
de cesión, equidistribución y urbanización de la totalidad de su superficie, conforme a lo
que establezca la legislación urbanística aplicable.
Tipologia:
Sirven a los fines de corregir las desigualdades generadas por la ordenación, posibilitando el justo reparto de cargas y beneficios, desarrollándose a tal fin por una de las modalidades de gestión al efecto previstas en la ley: gestión directa por expropiación o cooperación y gestión indirecta por compensación o por urbanizador.
Posibilitan igualmente el cumplimiento de los deberes de cesión y urbanización.
La delimitación puede contenerse en:
Plan General.
Plan Parcial.
Plan Especial.
Programa de Urbanización.
Procedimiento independiente.
Unidad Responsable: SERVICIO DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN URBANÍSTICA
Las solicitudes se presentarán presencialmente, en el Servicio de Información y Atención al ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20), acompañando, en ambos casos, la siguiente documentación:
1) Instancia-formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de: Identificación (Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.) y Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional
3) Memoria que contenga el estudio y justificación de su procedencia.
4) Aportación de Nota Simple del Registro de la Propiedad de las fincas incluidas en su ámbito.
5) Listado de propietarios del ámbito.
6) Documentación gráfica a escala adecuada y que refleje cuando menos la situación, estructura parcelaria y solución del ámbito delimitado.
B. Ordenación e Instrucción
Informe Técnico del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación.
Circunstancialmente, informe del Servicio de Administración de Suelo y Vivienda.
Informe Jurídico del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística, que, habitualmente, contendrá propuesta de resolución.
En caso de deficiencias, procede conceder a los interesados trámite de audiencias, previa a la resolución, para su subsanación con nuevos informes técnicos, en su caso.
Aprobación inicial:
- Comisión Técnica de Asesoramiento.
- Consejero de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente.
- Gobierno de Zaragoza
Información pública, mediante anuncio en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón y audiencia a propietarios incluidos en el ámbito, por plazo común de un mes como mínimo.
Informe del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación a las alegaciones presentadas en el trámite de información pública y al cumplimiento de prescripciones, en su caso.
Informe del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística, habitualmente con propuesta de resolución y, en su caso, con expresa contestación de alegaciones.
C. Terminación
Acuerdo de aprobación definitiva.
- Comisión Técnica de Asesoramiento.
- Consejero de Urbanismo y Sostenibilidad.
- Gobierno de Zaragoza.
D. Notificación
Al interesado, en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud: electrónico, postal o presencial.
Para la efectividad de la delimitación se precisará la publicación en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón del acuerdo de aprobación definitiva.
E. Traslados
Dirección de Servicios de Gestión de Suelo e Intervención Urbanística.
Sección de Información Urbanística del Servicio de Información y Atención al Ciudadano.