El Tribunal Supremo avala la Ordenanza de Ecoeficiencia energética en edificios e instalaciones
La sentencia, que sienta jurisprudencia, reconoce que el código técnico de la edificación se limita a establecer unos requisitos mínimos mientras que esta norma recoge unas exigencias técnicas más restrictivas acordes a las climatología zaragozana
El Ayuntamiento de Zaragoza recibió ayer la sentencia firme del Tribunal Supremo, sala de lo contencioso-administrativo, donde reconoce la legalidad y competencia de la Ordenanza municipal de ecoeficiencia energética y utilización de las energías renovables en los edificios y sus instalaciones, aprobada en Pleno y vigente desde 2009.
La ordenanza municipal exige unas condiciones técnicas sobre el uso de energías renovables y de ecoeficiencia energética más restrictivas que el código técnico de la edificación, que tiene carácter de norma básica.
El Tribunal ha entendido, y así lo refleja en la sentencia, que el código establece unos mínimos y que el Ayuntamiento, en ejercicio de sus competencias, puede adoptar especificaciones más adecuadas que aprovechen las condiciones de la climatología zaragozana, siendo más exigente en beneficio de la calidad de vida de los ciudadanos y en la mejorara del medio ambiente urbano.
Esta sentencia es firme y crea jurisprudencia.
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