Agenda Institucional


Consulta de Actividades

Consulta
Criterios aplicados:
  • Fecha: 21-02-2018
  • Sesión Ordinaria del Pleno de la Junta Vecinal Casetas


    21 febrero 2018 20:00 Juntas Vecinales Juntas Municipales y Vecinales

  • Sesión ordinaria del Pleno de la Junta Municipal Actur-Rey Fernando


    21 febrero 2018 19:30 Juntas Municipales Juntas Municipales y Vecinales

  • Sesión ordinaria del Pleno de la Junta Municipal Miralbueno


    21 febrero 2018 19:30 Juntas Municipales Juntas Municipales y Vecinales

  • Aprobar inicialmente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por expropiación, servidumbre de acueducto y ocupación temporal.


    21 febrero 2018 09:33 Servicio de Administración de Suelo y Vivienda

    El Consejo de Gerencia con fecha 7 de febrero de 2018 ha acordado lo siguiente:

    PRIMERO.- Aprobar inicialmente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por expropiación, servidumbre de acueducto y ocupación temporal para la ejecución del Proyecto de "Alcantarillado del Barrio de Las Flores, en Montañana" de esta Ciudad, de conformidad con lo determinado en el art. 18 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y art. 17 de su propio Reglamento, señalando un plazo de quince días, que comenzará a contarse desde aquél en que aparezca la última publicación del anuncio, para que todas las Corporaciones, Entidades y particulares que pudieran resultar interesados formulen ante la Alcaldía, por escrito y de modo razonado, cuantas reclamaciones estimen pertinentes sobre la necesidad de ocupación de los terrenos afectados e indicados en la relación que seguidamente se incluye, por las obras de referencia. Igualmente cualquier persona aún no siendo de las relacionadas podrá formular alegaciones, si bien a los solos efectos de subsanar errores de la misma:

     

    Finca Nº Ref. Castastral Propietarios Exprop. suelo (m2) Servidumbre de acueducto (m2) Ocupación temporal (m2)
    1 Pol.12-9012 D.G.A. 8 132,14 1.1165
    2 Pol.12-9017 D.G.A. - - 51
    3 Pol.12-54 D.G.A. - - 590
    4 Pol.12-9009 Ayuntamiento de Zaragoza 4 8,15 91
    5 Pol.16-9016 Ayuntamiento de Zaragoza 16 68,11 543
    6 Pol.16-599 J. Luis Aparicio Ostariz 4 18,48 314
    7 Pol.16-9026 Cdad. Regantes del Término de Mamblas - 6,40 80
    8 Pol.16-40 M.ª Jesús Salas Beltrán
    Julián Alberto Pellicena Gil
    8 78,50 409
    9 Pol.16-39 Ángel Lona Asín 8 77,70 1.761
    10 Pol.16-9017 Ayuntamiento de Zaragoza 46 333,13 1.882
    11 Pol.16-470 Dª Celia Bernal Martínez
    José Alonso López-Alda
    - - 730
    12 Pol.16-9020 Ayuntamiento de Zaragoza 4 15,03 320,40
    13 Pol.16-508 Herederos de Gerardo Lahuerta Buisán - - 1.147
    14 Pol.16-9019 Ayuntamiento de Zaragoza 6 8,85 59
    15 Pol.16-9018 Ayuntamiento de Zaragoza 26 210,70 803
    16 Pol.16-558 Ayuntamiento de Zaragoza - - 1.011
    17 Pol.16-9058 Desconocido - - 131
    18 Pol.16-557 Pilar Royo Vergara - - 353
    19 Pol.16-46 Rosario Royo Vergara - - 292
    20 Pol.16-587 Rosario Royo Vergara - - 178

    La relación concreta e individualizada, en la que aparecen con mayor amplitud los detalles de los bienes sujetos a expropiación, será expuesta al público durante el plazo de quince días, en el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda de la Gerencia Municipal de Urbanismo (Antiguo Edificio "El Seminario".Vía Hispanidad, número 20 - C.P. 50009).

    SEGUNDO.-. El contenido del apartado anterior se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, un periódico local de publicación diaria y en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.

    TERCERO.- Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones sin que se hayan producido o resueltas las que se formulen, se aprobará definitivamente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por expropiación para la ejecución del Proyecto de referencia, al amparo del artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, que supone el inicio del expediente expropiatorio, para lo que será requisito necesario la previa aprobación definitiva del proyecto de obras que lo legitima.

    CUARTO.- Solicitar a cada uno de los sujetos expropiados la aportación de la escritura de propiedad debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad, al objeto de acreditar la titularidad de las fincas afectadas.

    QUINTO.- Solicitar de todos y cada uno de los titulares de bienes sujetos a expropiación para que en el indicado plazo de alegaciones pongan en conocimiento de la Corporación expropiante la posible existencia de titulares de derechos de ocupación o arrendamientos en las fincas afectadas, indicando en dicho supuesto nombre y domicilio de dichos afectados, con aportación de los contratos de arrendamiento o títulos que legitiman dichos derechos de ocupación y con expresión de las rentas que se satisfacen por dicho concepto, todo ello con el fin de iniciar el procedimiento para el desahucio en vía administrativa reseñado en el art. 64 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.

    SEXTO.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Sostenibilidad y Vicepresidente del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

    I. C. de Zaragoza,12 de febrero de 2018 EL TITULAR DEL ÓRGANO DE APOYO AL GOBIERNO DE ZARAGOZA P.D. DE FECHA 23 DE AGOSTO DE 2017 EL DIRECTOR DE ESTUDIOS Y PROGRAMAS DE SUELO Y VIVIENDA, P.A. Fdo. Pedro Marín Ballabriga

  • Comisión Plenaria de Urbanismo y Sostenibilidad


    21 febrero 2018 09:00 Comisión Plenaria

  • Consejo Municipal de Gerencia de Urbanismo


    21 febrero 2018 09:00 Consejo Gerencia