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Criterios aplicados:
  • Fecha: 14-06-2021
  • Aprobar inicialmente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por expropiación


    14 junio 2021 08:09 Servicio de Administración de Suelo y Vivienda

    El Consejo de Gerencia en sesión de fecha 7 de junio de 2021 acuerda lo siguiente:

    PRIMERO.- Aprobar inicialmente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por expropiación, en aplicación de lo señalado en los artículos 30.1. b) y art. 154.2. b) del Decreto Legislativo 1/2.014, de 8 de Julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, como consecuencia de su no adhesión a la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución del Plan Parcial del Sector 38/3 del vigente PGOU de Zaragoza, que ostenta la condición jurídica de beneficiaria y, de conformidad con lo determinado en el art. 18 de la vigente Ley de Expropiación forzosa y 17 de su propio Reglamento, se señala un plazo de quince días, que comenzará a contarse desde aquel en que aparezca la última publicación del anuncio, para que todas las Corporaciones, Entidades y particulares que pudieran resultar interesados, formulen ante la Alcaldía por escrito y de modo razonado, cuantas reclamaciones estimen pertinentes sobre la necesidad de ocupación de los terrenos afectados e indicados en la relación que seguidamente se incluye. Igualmente cualquier persona, aún no siendo de las relacionadas, podrá formular alegaciones si bien a los solos efectos de subsanar errores de la misma: La relación concreta e individualizada, en la que aparecen con mayor amplitud los detalles de los bienes sujetos a expropiación, será expuesta al público durante el plazo de quince días, en el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda de la Gerencia Municipal de Urbanismo (Edificio el Seminario - Vía Hispanidad nº20).

    Nº FINCA PROPIETARIOS % REF. CATASTRAL Expropiación suelo m2 Expopiación edificación m2
    20 Agustín Gabarre Jiménez y Carmen-Rocio Rodríguez Gabarre 33 % 7612323XM7171D0001QQ 36 m2 65 m2
    20 Agustín Gabarre Rodríguez y Rocio Gabarre García 33 % 7612323XM7171D0001QQ 36 m2 65 m2
    20 Manuel Gabarre Rodríguez y Rosa Gabarre Fernández 33 % 7612323XM7171D0001QQ 36 m2 65 m2
    21 Rebeca Jiménez Rodríguez 100 % 7612322XM7171D0001GQ 376 m2 87 m2
    21 Ana Cristina Echevarría Guerrero 100 % 7612322XM7171D0002HW 376 m2 96 m2
    21 Endesa Distribución Eléctrica S.L. 100 % 7612325XM7171D0001LQ 543 m2  

    SEGUNDO.-. El contenido del apartado anterior se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en un periódico local de publicación diaria y en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.

    TERCERO.-. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones sin que se hayan producido o resueltas las que se formulen, se aprobará definitivamente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por expropiación, de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa.

    CUARTO.-. Solicitar de todos y cada uno de los titulares de bienes sujetos a expropiación para que en el indicado plazo de alegaciones pongan en conocimiento de la Corporación expropiante, la posible existencia de titulares de derechos de ocupación o arrendamientos en las fincas afectadas, indicando en dicho supuesto nombre y domicilio de dichos afectados, con aportación de los contratos de arrendamiento o títulos que legitiman dichos derechos de ocupación y con expresión de las rentas que se satisfacen por dicho concepto, todo ello con el fin de iniciar el procedimiento para el desahucio en vía administrativa reseñado en el art. 64 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.

    QUINTO.-. Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Equipamientos o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

    I. C. de Zaragoza, a 8 de junio de 2021

  • Incoar a instancia de parte, expediente expropiatorio procedente de la finca de referencia catastral 50900A086000950001UW y de la finca de referencia catastral 7212304XM7171C000IG, propiedad de ALMAEBRO, S.L


    14 junio 2021 08:04 Servicio de Administración de Suelo y Vivienda

    El Consejo de Gerencia en sesión de fecha 7 de junio de 2021 acuerda lo siguiente:

    PRIMERO.- Incoar a instancia de parte, expediente expropiatorio respecto de las porciones de terreno de 618,77 m² de superficie procedentes de la finca de referencia catastral 50900A086000950001UW y de 405,45 m² de superficie procedentes de la finca de referencia catastral 7212304XM7171C000IG, propiedad de ALMAEBRO, S.L, clasificadas como suelo urbano en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, Sistema General Zona Verde pública SGU - ZV (PU) 38.13. Todo ello, de conformidad con lo determinado en el art. 18 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y art. 17 de su propio Reglamento, señalando un plazo de quince días, que comenzará a contar desde aquél en que aparezca la última publicación del anuncio, para que todas las Corporaciones, Entidades y particulares que pudieran resultar interesados formulen ante la Alcaldía, por escrito y de modo razonado, cuantas reclamaciones estimen pertinentes sobre la necesidad de ocupación de la finca de referencia. Igualmente cualquier persona podrá formular alegaciones, si bien a los solos efectos de subsanar errores de la misma. El presente expediente será expuesto al público para su consulta durante el plazo de quince días en el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda de la Gerencia Municipal de Urbanismo (Edificio El Seminario, Vía Hispanidad, número 20 - C.P. 50.009).

    SEGUNDO.-. El contenido del apartado anterior se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en un periódico local de publicación diaria y en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.

    TERCERO.- Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones sin que se hayan producido o, resueltas las que se formulen, se aprobará definitivamente la expropiación de la finca de referencia, al amparo del artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa.

    CUARTO.- Solicitar al titular del bien sujeto a expropiación para que en el indicado plazo de alegaciones aporte el título de dominio debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad así como pongan en conocimiento de la Corporación expropiante la posible existencia de titulares de derechos de ocupación o arrendamientos en la finca afectada, indicando en dicho supuesto nombre y domicilio de dichos afectados, con aportación de los contratos de arrendamiento o títulos que legitiman dichos derechos de ocupación y con expresión de las rentas que se satisfacen por dicho concepto, todo ello con el fin de iniciar el procedimiento para el desahucio en vía administrativa reseñado en los arts. 64 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.

    QUINTO.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Equipamientos o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

    Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN EN EL PLAZO DE UN MES DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA RECEPCIÓN DE ESTA NOTIFICACIÓN O DIRECTAMENTE RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de DOS MESES, todo ello según lo previsto en los artículos 10, 45 y siguientes de la Ley 29/1.998 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, en relación con el art.52 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y arts. 114 y concordantes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    I. C. de Zaragoza, a 8 de junio de 2021