Transparencia

Chimenea Francisco de Vitoria 3

  • Aprobación Definitiva

    Otro
    17 mayo 2010

Texto Vigente

El Consejero de Cultura, Medio Ambiente, Participación Ciudadana y Grandes Proyectos con fecha 27 de enero de 2011 adoptó la siguiente resolución:

UNICO.- Informar a D. Manuel Ferrández López en relación a su queja sobre la combustión que aparentemente se hace desde la chimenea de la finca nº. 9 de la c/ San Miguel, que, girada visita de inspección, y emitido informe por la Sección de Control de la Contaminación de la Agencia de Medio Ambiente y Sostenibilidad, se detecta que los humos procedentes de la chimenea combustionan correctamente, y que el nuevo humo detectado procede de su cambio a combustible de gas natural frente al antiguo de carbón; todo ello se informa con arreglo a la Ley 2/2006, de 18 de julio por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente y en aplicación de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente Atmosférico.

Lo que se comunica a Ud. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa según lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, podrá interponer potestativamente Recurso de Reposición, ante el mismo Órgano que ha dictado la presente Resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en concordancia con el artículo 10.1. de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente.

I. C. de Zaragoza, 9 de febrero de 2011.

EL SECRETARIO P.D. EL DIRECTOR DE LA AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD.

Fdo: Javier Celma Celma.