Formas de tramitación
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El Ayuntamiento tiene la obligación de devolver a los interesados los ingresos que indebidamente hubieran realizado en caso de duplicidad de pago de deudas tributarias o sanciones, o en caso que la cantidad pagada haya sido superior al importe a ingresar. En el caso de que simultáneamente existan deudas tributarias en periodo ejecutivo el Ayuntamiento procederá, con carácter general, a la compensación de oficio de las mismas con los créditos a su favor, no procediendo la devolución.
El procedimiento para el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos duplicados o excesivos se iniciará de oficio o a instancia del interesado. En estos supuestos, el interesado puede solicitar el abono de los intereses de demora.
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Oficina de Gestión Tributaria