Consulta pública previa
Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación de Terrazas de Veladores

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  • Aprobación inicial: Ayuntamiento Pleno 04 mayo 2012
  • Publicado: BOPZ (Boletin Oficial de la Provincia de Zaragoza) 14 mayo 2012
  • Aprobación definitiva: Ayuntamiento Pleno 20 julio 2012
  • Publicado BOPZ (Boletin Oficial de la Provincia de Zaragoza) 07 agosto 2012

Antecedentes y objetivos

La Ordenanza Municipal reguladora de la instalación de terrazas de veladores vigente fue aprobada definitivamente por acuerdo plenario de 20 de julio de 2012. El transcurso del tiempo desde esta fecha de aprobación, así como determinadas circunstancias sobrevenidas, hacen aconsejable la adecuación del texto.

Por una parte, la irrupción de la pandemia provocada por el virus SARS- Cov-2, al margen de su impacto directo e inmediato, que ha exigido adoptar determinadas medidas concretas, ha puesto de manifiesto, justamente al hilo de la adopción de las mismas, algunos aspectos de la regulación susceptibles de mejora, a fin de posibilitar la necesaria flexibilidad para la adaptación en caso de circunstancias excepcionales o, en general, específicas.

Por otra, se establecen disposiciones para una más racional distribución de los usos del espacio público, posibilitando la colocación de terrazas en zonas de estacionamiento de vehículos o reservas de espacio a favor de hoteles, en las condiciones precisas que se establecen, y ampliando el porcentaje de posible utilización en zonas donde no existe afección al tránsito peatonal, como es el caso de las plazas; todo ello manteniendo en todo caso la anchura mínima exigida del paso peatonal continuo que se garantiza.

Finalmente, se considera que la normativa debe establecer también las condiciones mínimas que las terrazas deben reunir desde el punto de vista estético; debiendo tenerse en cuenta que estas, y muy en particular las que

En esta fase del procedimiento de elaboración o modificación de la norma, ha de estarse a lo establecido en el art. 133.1 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dispone que con carácter previo a la elaboracion del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta publica, a través del portal web de la Administracion competente en la que se recabará la opinion de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Por todo ello, se somete a consulta pública la modificación de la Ordenanza reguladora de la instalación de terrazas de veladores, por plazo de quince días, a través de la Plataforma del Gobierno Abierto integrada en la sede electrónica municipal, de conformidad y en cumplimiento de lo establecido en el mencionado art. 133.1 de la ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Aportaciones y preguntas. Plazo de consulta finalizado.

El Ayuntamiento de Zaragoza sometió a consulta pública previa el anteproyecto de la Ordenanza Municipal reguladora de la instalación de terrazas de veladores. El plazo para realizar aportaciones y responder al cuestionario fue de 15 días hábiles, iniciándose el martes día 22 de diciembre de 2020 y finalizando el viernes 15 de enero de 2021 a las 23:59 horas.

El proceso participativo permitió dos vías de participación:

  1. Realizar aportaciones previas a la redacción de la nueva Ordenanza.
  2. Contestar a las siguientes preguntas :
    • ¿Considera que se debe fomentar la instalación de terrazas y veladores en la Ciudad?
    • ¿Considera que la nueva redacción de la ordenanza regula adecuadamente el uso de los espacios públicos con las terrazas de veladores?
    • ¿Considera adecuada la aplicación de criterios estéticos comunes y homogéneos para el mobiliario y demás elementos de las terrazas para toda la Ciudad?
    • ¿Considera conveniente que algunas zonas turísticas e históricas peatonales especialmente transitadas pudieran quedar excluidas de la instalación de terrazas?

Para poder participar es necesario ser mayor de 14 años y estar dado de alta en la Plataforma de Gobierno Abierto.

También puedes dar tu apoyo a las aportaciones y respuestas realizadas por otros participantes.