Urbanismo

Gruas: Actividades complementarias (X445)


Descripción

Licencia tendente a la autorización de la instalación de grúa, como elemento auxiliar de la obra de construcción o rehabilitación.

Pago


Tasa de Instalación o Traslado de Aparatos Industriales de Ordenanza Fiscal nº 13.

Plazo de Resolución


El plazo máximo para la resolución del procedimiento simplificado es de 1 mes

Silencio Administrativo


POSITIVO

Recursos que proceden


  • Recurso de Reposición
  • Recurso Contencioso-Administrativo

Formas de tramitación


Presencial

Lugar de Presentación

Servicio de Información y Atención al Ciudadano

Documentación

  1. Instancia-formulario normalizada (modelo 450)
  2. Fotocopia del NIF/DNI
  3. Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
  4. Justificación de pago electrónico o copia de Documento de ingreso de la Autoliquidación (Ordenanza Fiscal 13).
  5. Plano de ubicación de la grúa, con áreas de barrido de brazos (en círculos), firmado por técnico competente (redactor del proyecto o director de la obra o coordinador de seguridad y salud).
  6. Certificación de la compañía aseguradora acreditativa de la vigencia de la póliza de seguro de la grúa sin franquicia.
  7. Proyecto de Seguridad correspondiente a la Licencia de Obras.
  8. Presupuesto de ejecución material; precio del montaje de la grúa, visado por Colegio Oficial Competente.

Proceso

CITA PREVIA

Para el inicio del trámite de forma presencial se debe solicitar Cita Previa en la Agenda de Cita Previa >>Sección Técnica de Información, Admisión y Control de Solicitudes, del Servicio del Servicio de Información y Atención al Ciudadano.

PASOS

  • Presente la solicitud en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano junto con la documentación requerida.
  • En el momento de la presentación de la solicitud, se verificará la documentación aportada, dando lugar a una Diligencia en la que se hará constar la presentación completa o incompleta de la documentación, notificándose el resultado, con acuse de recibo, al solicitante.
  • Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de quince días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición, previa Resolución y Notificación.
  • Remisión del expediente al Servicio de Licencias Urbanísticas.
  • Informes técnicos y jurídico
  • Resolución
  • Notificación
Última actualización: 2023-08-02

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