Urbanismo

Proyectos de obras ordinarias privadas (X 366)


Descripción

Son aquellos proyectos de obras ordinarias que no tienen por objeto desarrollar íntegramente el conjunto de determinaciones de un Plan de Ordenación. En suelo urbano consolidado las necesidades de urbanización se resuelven mediante Proyectos de Obras Ordinarias.

Plazo de Resolución


3 meses

Silencio Administrativo


POSITIVO

Recursos que proceden


- Recurso de Reposición- Recurso Contencioso-Administrativo

Formas de tramitación


Presencial

Lugar de Presentación

Servicio de Información y Atención al Ciudadano

Documentación

  • Instancia normalizada
  • Fotocopia del NIF/DNI
  • Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional
  • Copias correspondientes a los proyectos de los Servicios indicados en el planeamiento vigente, redactados por técnicos competentes y visados por el Colegio Oficial. Dichos proyectos deben incluir las determinaciones contempladas en la Ley Urbanística de Aragón y el Reglamento de Organización y Planeamiento. La documentación que figurará en los proyectos será la especificada en la legislación de Contratos de las Administraciones Públicas. Dichas obras podrán venir recogidas ya sea en un proyecto general, ya sea en proyectos anexos que en su conjunto definan las obras
  • Informes de las compañías explotadoras de los servicios correspondientes (telefonía, gas, electricidad) a los proyectos presentados
  • Autorizaciones a los Organismos y Entidades Competentes (Ministerio de Fomento, Diputación General de Aragón, etc.) a los proyectos presentados, en ámbito de su competencia.
  • Autorización administrativa de la D.G.A. Al proyecto de Gas (en caso de figurar distribución de Gas)

Proceso

  • Presente la solicitud junto con la documentación requerida en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano junto con la documentación requerida
  • En el momento de la presentación de la solicitud, se verificará la documentación aportada, dando lugar a una Diligencia en la que se hará constar la presentación completa o incompleta de la documentación, notificándose el resultado, con acuse de recibo, al solicitante.
  • Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de quince días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición, previa Resolución y Notificación.
Última actualización: 2021-02-17

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Órgano gestor


Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística