<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><anexo><titulo>Acuerdos del Gobierno de Zaragoza (Sesión Extraordinaria) del 05/11/2021 09:10</titulo><tipo>Acuerdo</tipo><contenido><![CDATA[<p>En la ciudad de Zaragoza, en la Sala de Gobierno de la Casa Consistorial, siendo las 9:10 horas del d&iacute;a 5 de noviembre de 2021, se re&uacute;nen en primera convocatoria, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, D. Jorge Azc&oacute;n Navarro, al objeto de celebrar sesi&oacute;n extraordinaria del Gobierno de Zaragoza, los/las siguientes Consejeros/as: D.&ordf; Sara M.&ordf; Fern&aacute;ndez Escuer, D.&ordf; Mar&iacute;a Navarro Viscasillas, D. Victor Manuel Serrano Ent&iacute;o, D. Angel Carlos Lor&eacute;n Villa, D.&ordf; M.&ordf; del Carmen Herrarte Cajal, D.&ordf; Patricia M.&ordf; Cavero Moreno, D. Javier Rodrigo Lorente y D.&ordf; Natalia Chueca Mu&ntilde;oz.</p>
<p>Act&uacute;a de Consejera-Secretaria D.&ordf; Patricia M.&ordf; Cavero Moreno.</p>
<p>Entrando en el orden del d&iacute;a, se adoptan los siguientes acuerdos:</p>
<h3>PRESIDENCIA, HACIENDA E INTERIOR</h3>
<ul>
    <li>1. De conformidad con el art&iacute;culo 345 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Arag&oacute;n, aprobado por Decreto 347/02, de 19 de noviembre, del Gobierno de Arag&oacute;n, se somete a informaci&oacute;n p&uacute;blica mediante anuncio en el B.O.A., por plazo de quince d&iacute;as, el &quot;PROYECTO DE PAVIMENTACI&Oacute;N Y RENOVACI&Oacute;N DE SERVICIOS DE AVDA CATALU&Ntilde;A ENTRE Z-30 Y C/ VEINTITR&Eacute;S DE ABRIL&quot;, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 3.674.845,34 euros, (I.V.A. excluido); 4.446.562,86 euros (I.V.A. incluido), y un plazo de ejecuci&oacute;n de 14 meses. Realizada la informaci&oacute;n p&uacute;blica, y emitidos cuantos informes sean preceptivos, el Gobierno de Zaragoza, resolver&aacute; sobre la aprobaci&oacute;n del mismo. (30.235/21)</li>
</ul>
<h3>URBANISMO Y EQUIPAMIENTOS</h3>
<ul>
    <li>2. Aceptar de la mercantil EBROSA, S.A. la ocupaci&oacute;n anticipada de la parcela 103 del pol&iacute;gono 69 (LA CARTUJA), destinada a dotaci&oacute;n local, equipamiento deportivo, en el Proyecto de Reparcelaci&oacute;n del sector SUZ LC-2 pendiente de aprobaci&oacute;n definitiva, al objeto de que se utilice por la Junta Vecinal del Barrio de la Cartuja Baja para diversas actividades deportivas y de ocio juvenil. X252. (45.113/21)</li>
</ul>
<h3>INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA Y MEDIO AMBIENTE</h3>
<ul>
    <li>3. Aprobar el Proyecto de reforma integral de la calle San Miguel (tramo comprendido entre c/ Jer&oacute;nimo Blancas y c/ comandante Ripoll&eacute;s)&quot;, -redactado por la ICCP D&ordf; Carmen Sarasa Alcubierre y supervisado por la sociedad municipal Ecociudad Zaragoza S.A.U.- con un presupuesto de ejecuci&oacute;n por contrata de 857.753,73 euros (IVA no incluido), al que se suma el 21% de IVA, lo que supone un presupuesto base de licitaci&oacute;n de 1.037.882,01 euros (IVA incluido). (64.253/21)</li>
</ul>
<h3>PRESIDENCIA, HACIENDA E INTERIOR (BIS)</h3>
<ul>
    <li>4. Aprobar proyecto de modificaci&oacute;n de cr&eacute;ditos n&ordm; 2021/35/5/006 del Presupuesto Municipal por suplemento de cr&eacute;ditos, con cargo a con cargo a mayores ingresos recaudados, por importe de 523.575,15euros. (67.135/21)</li>
    <li>5. Aprobar proyecto de modificaci&oacute;n de cr&eacute;ditos n&ordm; 2021/38/5/007 del Presupuesto Municipal por suplemento de cr&eacute;ditos con cargo a cr&eacute;ditos disponibles del mismo ejercicio, por importe de 11.384.194,75 euros. (88.921/21)</li>
    <li>6. Aprobar proyecto de modificaci&oacute;n de cr&eacute;ditos n&ordm; 2021/39/5/008 del Presupuesto Municipal por cr&eacute;ditos extraordinarios con cargo a cr&eacute;ditos disponibles del mismo ejercicio, por importe de 320.000,00 euros. (84.049/21)</li>
    <li>7. P.O. 183/2015. Quedar enterado para constancia oficial y cumplimiento de la sentencia firme n.&ordm; 176/2021 de fecha 1 de septiembre de 2021 del Juzgado Contencioso Administrativo n.&ordm; 4 de Zaragoza dictada en el Procedimiento Ordinario 183/2015 por la que se estimaba el recurso contencioso administrativo interpuesto por Transportes Urbanos de Zaragoza, S.A.U. (TUZSA) contra la desestimaci&oacute;n por silencio administrativo del Ayuntamiento de Zaragoza de las reclamaciones de cantidades en concepto de revisi&oacute;n de precios del ejercicio 2011, correspondiente al per&iacute;odo desde 10/09/13 hasta 17/10/13, por la cantidad de 164.216,45 euros y en concepto de revisi&oacute;n de precios del ejercicio 2012, correspondiente al per&iacute;odo desde el 10/09/13 hasta el 17/10/13 por la cantidad de 193.272,14 euros y se condena al Ayuntamiento de Zaragoza al abono de las cantidades reclamadas m&aacute;s los intereses que correspondan. (76.127/21, 867.555/15, 1.044.900/15 y 1.386.323./15)</li>
    <li>8. P.O. 231/2013. Quedar enterado para constancia oficial y cumplimiento de la sentencia firme n.&ordm; 468/2018 de fecha 11 de octubre de 2018, dictada en el recurso de apelaci&oacute;n n.&ordm; 48/2017 ante el Tribunal Superior de Justicia de Arag&oacute;n, Sala de lo Contencioso-Administrativo -Secci&oacute;n Primera-, interpuesto contra la sentencia n.&ordm; 19/2017 dictada el 26 de enero de 2017 en el P.O. 231/2013 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.&ordm; 4 de Zaragoza, por el que se estima parcialmente el recurso interpuesto por TUZSA SAU revocando la sentencia de instancia y declarando la inaplicabilidad de la Disposici&oacute;n Transitoria Segunda de la LCSP al convenio de TUZSA de 1982, declarando igualmente la procedencia de aplicar a los CERTIFICACIONES de los meses de diciembre de 2012 y enero, febrero, marzo y abril de 2013 la f&oacute;rmula de revisi&oacute;n de precios aprobada mediante acuerdo de 9 mayo de 2009, del Gobierno de Zaragoza, sin excluir el efecto de la variaci&oacute;n de precios de mano de obra, m&aacute;s los intereses que correspondan, y proceder en su ejecuci&oacute;n al abono de un pago a cuenta del principal de 1.013.978,29 euros. (91.806/21, 260.830/14, 100.909/17, 289.379/17 y 1.384.610/18)</li>
    <li>9. P.O. 136/2015 Quedar enterado para constancia oficial y cumplimiento de la sentencia firme n.&ordm; 469/2018 de fecha 11 de octubre de 2018, dictada en el recurso de apelaci&oacute;n n.&ordm; 31/2017 ante el Tribunal Superior de Justicia de Arag&oacute;n, Sala de lo Contencioso-Administrativo -Secci&oacute;n Primera-, interpuesto contra la sentencia n.&ordm; 254/2016 dictada el 21 de diciembre de 2016 en el P.O. 136/2015 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.&ordm; 3 de Zaragoza, por el que se estima parcialmente el recurso interpuesto por TUZSA SAU revocando la sentencia de instancia y declarando la inaplicabilidad de la Disposici&oacute;n Transitoria Segunda de la LCSP al convenio de TUZSA de 1982, declarando igualmente la procedencia de aplicar a los certificaciones de los meses de mayo, junio y del 1 al 17 de julio de 2013 la f&oacute;rmula de revisi&oacute;n de precios aprobada mediante acuerdo de 9 mayo de 2009, del Gobierno de Zaragoza, sin excluir el efecto de la variaci&oacute;n de precios de mano de obra, m&aacute;s los intereses que correspondan y proceder en su ejecuci&oacute;n a un pago del principal de 521.524,216 euros. (91.811/21, 867.201/15, 671.788/15, 768.273/16, 1.463.690/16, 162.335/17 y 1.353.780/18)</li>
    <li>10. P.O. 178/2015 Quedar enterado para constancia oficial y cumplimiento de la sentencia firme n&ordm; 456/2020 del Tribunal Superior de Justicia de Arag&oacute;n, Sala de lo Contencioso-Administrativo -Secci&oacute;n Primera- de 19 de noviembre de 2020 por la que se estima parcialmente el recurso de apelaci&oacute;n n&ordm; 546/2019, interpuesto por TUZSA SAU contra la sentencia de fecha 26 de octubre de 2016 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.&ordm; 1 de Zaragoza, dictada en el recurso contencioso administrativo P.O. 178/2015, que estim&oacute; parcialmente el recurso instado por la apelante contra la desestimaci&oacute;n por silencio administrativo de la petici&oacute;n de revisiones de precios relativas a 2011 y 2012, en ambos casos relativas al periodo de 14-8-2013 a 10-9-2013, por un total , respectivamente, de 327.856,27 euros y 386.241,35 euros, cuya suma de ambos asciende a un total de 714.097,62 euros, del Auto de ejecuci&oacute;n de 29 de septiembre dimanante de la ejecuci&oacute;n de titulos judiciales 9/2021 del PO 178/2015, respecto del que TUZSA ha interpuesto recurso de apelaci&oacute;n, por el que se establecen las pautas con arreglo a las cuales el Ayuntamiento de Zaragoza debe efectuar la revisi&oacute;n de precios de las certificaciones. (8.052/21, 838.803/15, 996.885/15, 156.219/16, 1.178.357/17 y 1.312.088/16)</li>
    <li>11. P.O. 162/2013 Quedar enterado para constancia oficial y cumplimiento de la sentencia firme n.&ordm; 467/2018 de fecha 11 de octubre de 2018, dictada en el recurso de apelaci&oacute;n n.&ordm; 270/2016 ante el Tribunal Superior de Justicia de Arag&oacute;n, Sala de lo Contencioso-Administrativo - Secci&oacute;n Primera, del Auto de ejecuci&oacute;n de 29 de septiembre dimanante de la ejecuci&oacute;n de t&iacute;tulos judiciales 10/2021 del PO 162/2013, respecto del que TUZSA ha interpuesto recurso de apelaci&oacute;n con fecha 25 de octubre de 2021, or el que se establecen las pautas con arreglo a las cuales el Ayuntamiento de Zaragoza debe efectuar la revisi&oacute;n de precios de las certificaciones. (723.424/13, 923.602/13, 163.831/15, 1.375.219/18, 162.003/19 y 1.388.990/19)</li>
    <li>12. Desistir, como medida cautelar, y a la vista del contenido de la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el 26 de octubre de 2021 en la cuesti&oacute;n 4433-2020, por la que se declara la inconstitucionalidad y nulidad de los art&iacute;culos 107.1 p&aacute;rrafo segundo 107.2 A) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mazo, del proyecto de modificaci&oacute;n del art&iacute;culo 7 de la Ordenanza Fiscal n.&ordm; 9 reguladora del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana para incrementar hasta un 60% la bonificaci&oacute;n prevista para un inmueble adicional, adem&aacute;s de la vivienda habitual, seg&uacute;n la tipolog&iacute;a (trasteros, garajes y otros inmuebles) y del art&iacute;culo 20 para establecer una bonificaci&oacute;n del 1% por el pago anticipado de la autoliquidaci&oacute;n, que fue aprobado por el Gobierno de Zaragoza en sesi&oacute;n celebrada el 27 de septiembre de 2021. (43.087/21)</li>
    <li>13. Desistir, como medida cautelar, y a la vista del contenido de la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el 26 de octubre de 2021 en la cuesti&oacute;n 4433-2020, por la que se declara la inconstitucionalidad y nulidad de los art&iacute;culos 107.1 p&aacute;rrafo segundo 107.2 A) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mazo, del proyecto de modificaci&oacute;n de la Ordenanza Fiscal n.&ordm; 9 reguladora del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana elaborado a partir del estudio realizado por la Universidad de Zaragoza, que fue aprobado por el Gobierno de Zaragoza en sesi&oacute;n celebrada el 25 de octubre de 2021. (88.300/21)</li>
</ul>
<h3>ASUNTOS DE URGENCIA</h3>
<p>No se plantea asunto alguno de esta naturaleza.</p>
<p>Se levanta la sesi&oacute;n a las horas 9:25 horas.</p>
<p>Inmortal Ciudad de Zaragoza, a 5 de noviembre de 2021</p>]]></contenido></anexo>