<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>Dirección Facultativa de las Obras de Centro de convivencia de personas mayores en Montañana: Adjudicación Provisional</titulo><tipo>Adjudicación provisional</tipo><contenido><![CDATA[<h3>Expediente: 1057810/08</h3>
<h3>DECRETO DEL SR. CONSEJERO DEL &Aacute;REA DE PARTICIPACI&Oacute;N CIUDADANA.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A VEINTIDOS DE JULIO DE 2009</h3>
<p>Vista la documentaci&oacute;n obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contrataci&oacute;n, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contrataci&oacute;n y Patrimonio, este Consejero de Participaci&oacute;n Ciudadana, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009 y Decreto de la Alcald&iacute;a de 22 de abril de 2009, resuelve lo siguiente:</p>
<p><strong>PRIMERO.- </strong>Excluir del procedimiento relativo a la contrataci&oacute;n del servicio consistente en &quot;DIRECCI&Oacute;N FACULTATIVA DE LAS OBRAS DE CENTRO DE CONVIVENCIA DE PERSONAS MAYORES EN MONTA&Ntilde;ANA&quot;, a los licitadores BENIGNO M. PESTANA GOMEZ,  SUCETOR INGENIER&Iacute;A, S.L. DOMUS CONSULTING ARQUITECTURA, S.L. Y OIKOSVIA ARQUITECTURA, S.C.C.L., ALFREDO MURLANCH-JOSE J. ADRADA-JOSE M&ordf; BARRIOS-MANUEL POLA-PAULINO SAVIR&Oacute;N, CANARIONAVARROARAGONESA DE ARQUITECTURA, S.L.P.,LAURA DIAGO FERRER,  LLAR GESTI&Oacute;N DE OBRAS, S.L.P., por no alcanzar en la documentaci&oacute;n t&eacute;cnica la puntuaci&oacute;n m&iacute;nima de 30 puntos, de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Prescripciones T&eacute;cnicas y de Cl&aacute;usulas Administrativas Particulares, y excluir as&iacute; mismo a IN.GENIUM ARQUITECTURA, S.L.P. Y MIGUEL ANGEL UTORIA AGUST&Iacute;N por no alcanzar la mencionada puntuaci&oacute;n m&iacute;nima de 30 puntos y por incluir los honorarios en el sobre C.</p>
<p><strong>SEGUNDO.-</strong> Adjudicar provisionalmente la contrataci&oacute;n del servicio consistente en &quot;DIRECCI&Oacute;N FACULTATIVA DE LAS OBRAS DE CENTRO DE CONVIVENCIA DE PERSONAS MAYORES EN MONTA&Ntilde;ANA&quot; con un presupuesto de licitaci&oacute;n de 81.937,71 euros (I.V.A. excluido), a la oferta m&aacute;s ventajosa econ&oacute;micamente de entre los licitadores admitidos al procedimiento y que corresponde a la formulada por la empresa  U.T.E. ZAZ ATELIER DE ARQUITECTURA, S.C.P.-FERNANDO LOZANO PARDO, por la cantidad de 81.937,71 euros (I.V.A. excluido), al que se adicionar&aacute; el 16% de I.V.A. (13.110,03 euros), lo que supone un importe total de 95.047,74 euros (I.V.A. incluido)  y una baja del 20,00% sobre el presupuesto de contrata.</p>
<p>Dichos trabajos se ejecutar&aacute;n con sujeci&oacute;n al proyecto, pliego de prescripciones t&eacute;cnicas, pliegos de cl&aacute;usulas administrativas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Direcci&oacute;n T&eacute;cnica Municipal (Unidad de Gesti&oacute;n de Proyectos III).</p>
<p><strong>TERCERO.-</strong> Dicho gasto se satisfar&aacute; con aplicaci&oacute;n a la partida presupuestaria y distribuci&oacute;n del gasto siguiente:</p>
<ul>
    <li>2009 RUR 51113 60900 &quot;PLAN OBRAS BARRIOS RURALES (AYUNTAMIENTO...)&quot;........23.761,94 euros</li>
    <li>2010 RUR 51113 60900 &quot;PLAN OBRAS BARRIOS RURALES (AYUNTAMIENTO...)&quot;........95.047,74 euros</li>
</ul>
<p>documento contable RC: 092061</p>
<p><strong>CUARTO.- </strong>Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE D&Iacute;AS h&aacute;biles siguientes a la publicaci&oacute;n del presente Decreto en el perfil del contratante, constituya en la Tesorer&iacute;a Municipal en la forma prevista en el Pliego de Cl&aacute;usulas Administrativas Particulares la cantidad de 3.072,66 euros, en concepto de garant&iacute;a definitiva, debiendo satisfacer en concepto de pago de anuncio en el B.O.A. la cantidad de 568,50 euros, Referencia n&ordm; 522 0 00022266 2, que deber&aacute; ser abonada en la Tesorer&iacute;a Municipal, todo ello para responder de las estipulaciones  del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gesti&oacute;n, lo que acreditar&aacute; en el Servicio de Contrataci&oacute;n, mediante la presentaci&oacute;n de los pertinentes resguardos. </p>
<p>As&iacute; mismo, deber&aacute; aportarse escritura p&uacute;blica de constituci&oacute;n de la Uni&oacute;n Temporal de Empresas, y con car&aacute;cter previo a la firma del correspondiente contrato administrativo, para lo cual comparecer&aacute; cuando fuese requerido para ello, deber&aacute; presentar documento justificativo del pago de la p&oacute;liza de responsabilidad, de acuerdo a lo indicado en el Pliego de Cl&aacute;usulas Administrativas Particulares Espec&iacute;ficas</p>
<p><strong>QUINTO.- </strong>Este Consejero ser&aacute; el competente para la firma de cuanta documentaci&oacute;n precisare la debida efectividad del presente Decreto.</p>
<p><strong>SEXTO.- </strong>El presente Decreto deber&aacute; quedar inscrito en el correspondiente Libro de Resoluciones.</p>]]></contenido></aviso>