<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>Contratación del Proyecto y Obra de Reparación del Puente del Pilar (Hierro): Adjudicación Definitiva</titulo><tipo>Adjudicación definitiva</tipo><contenido><![CDATA[<h3>Expediente: 902379/08</h3>
<h3>El Sr. Consejero de Infraestructuras con fecha 10 de junio de 2009, ha dictado el siguiente decreto.</h3>
<p><strong>PRIMERO.- </strong>Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, la contrataci&oacute;n del PROYECTO Y OBRA DE REPARACI&Oacute;N DEL PUENTE DEL PILAR (HIERRO), cuyo presupuesto de licitaci&oacute;n es de 809.084,57 euros, IVA excluido; 938.538,10 euros, IVA incluido, a la oferta m&aacute;s ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los Pliegos de Cl&aacute;usulas Administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitaci&oacute;n y que corresponde a la formulada por la  UTE NAVASCUES OBRAS Y PUENTES, S.L.- CONSTRUCCIONES LOBE, S.A. con C.I.F: U-71010656 y con domicilio en Pol&iacute;gono Industrial C/ F, nave 5 -31592- Cintru&eacute;nigo (Navarra) por la cantidad de 633.844,14 &euro;, IVA excluido;a la que se le adicionar&aacute; la cantidad de 101.415,06 euros en concepto de IVA lo que supone un total de 735.259,20 &euro;, IVA incluido, y las mejoras presentadas en su oferta, siendo el plazo de duraci&oacute;n  del contrato de 6 meses.</p>
<p> 	Dichos trabajos se ejecutar&aacute;n con sujeci&oacute;n a los Pliegos de Cl&aacute;usulas Administrativas y T&eacute;cnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Direcci&oacute;n T&eacute;cnica Municipal (Servicio de Conservaci&oacute;n de Infraestructuras).</p>
<p><strong>SEGUNDO.-</strong> El gasto derivado del contrato para el presente ejercicio se satisfar&aacute; con cargo al RC 91103, partida presupuestaria INF/51114/61900 &quot;Mantenimiento general de infraestructuras&quot;, con la siguiente distribuci&oacute;n del gasto:<br/>
A&ntilde;o 2009 170.000,00 euros<br/>
A&ntilde;o 2010 768.538,10 euros<br/>
</p>
<p>La vigencia del contrato para el resto de los ejercicios a los que se extiende la duraci&oacute;n del mismo, quedar&aacute; condicionada a la existencia de consignaci&oacute;n presupuestaria adecuada y suficiente en los presupuestos anuales correspondientes.</p>
<p><strong>TERCERO.-</strong> Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ D&Iacute;AS h&aacute;biles siguientes a la recepci&oacute;n de la notificaci&oacute;n de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.</p>
<p><strong>CUARTO.-</strong> Este Consejero ser&aacute; el competente para la firma de cuanta documentaci&oacute;n precisare la debida efectividad del presente Decreto. </p>
<p><strong>QUINTO.-</strong> El presente Decreto deber&aacute; quedar inscrito en el Libro correspondiente.</p>]]></contenido></aviso>