<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><anexo><titulo>Convocatoria y Orden del día del 17/09/2025 19:00</titulo><tipo>Orden del dia</tipo><contenido><![CDATA[<p>ORDEN DEL D&Iacute;A DEL PLENO  DE LA JUNTA MUNICIPAL  EL RABAL DE   DE  17  DE  SEPTIEMBRE  DE 2025  A LAS 19 HORAS.   </p>
<p>1&ordm; APROBACI&Oacute;N  DEL   ACTA  DE LA  SESI&Oacute;N    DE 19 DE JUNIO  DE 2025 SI PROCEDE.  </p>
<p>2&ordm;    DAR CUENTA : Resoluci&oacute;n del Coordinador General de la Alcald&iacute;a  de 31 de julio de 2025 por el que se resuelve conflicto negativo de competencias planteado entre las &Aacute;reas de Urbanismo, Energ&iacute;a y Vivienda, Medio Ambiente y Movilidad y Participaci&oacute;n Ciudadana y R&eacute;gimen Interior. </p>
<p>3&ordm; PROPUESTAS DE PRESIDENCIA:     </p>
<p><strong>(ZONA JOVEN) </strong> </p>
<p>1.-La Junta Municipal de Distrito del Rabal RECHAZA el cierre de la Zona Joven de Arrabal y de La Jota as&iacute; como de cualquier otra zona de la ciudad. Igualmente, rechaza el recorte de horas previsto para las zonas j&oacute;venes escolares y solicita al Gobierno de Zaragoza a iniciar un di&aacute;logo con los sectores afectados, vecinos y Juntas Municipales y Vecinales de cara a consensuar el modelo de pol&iacute;ticas de juventud de la ciudad. </p>
<p><strong>(PALESTINA) </strong></p>
<p>2.-La Junta Municipal de Distrito del Rabal ACUERDA:  Que Israel y Ham&aacute;s acuerden y mantengan un alto el fuego inmediato y  sostenido encaminado a proteger la vida de la poblaci&oacute;n civil en Gaza, y se garanticen las v&iacute;as seguras para la entrada de ayuda humanitaria en la Franja de Gaza en una cantidad suficiente para garantizar una vida digna de sus habitantes, incluyendo suministros vitales como refugios, suministros m&eacute;dicos, agua y combustible.  </p>
<ul>
    <li>Que las autoridades israel&iacute;es dejen inmediatamente de cometer actos prohibidos en la Convenci&oacute;n sobre el Genocidio contra la poblaci&oacute;n palestina de Gaza, lo que incluye la matanza de sus miembros, lesi&oacute;n grave a su integridad f&iacute;sica o mental y sometimiento intencional de ella a condiciones de existencia que habr&iacute;an de acarrear su destrucci&oacute;n f&iacute;sica. </li>
    <li>Que las autoridades israel&iacute;es faciliten con urgencia el acceso humanitario y la entrega de ayuda a Gaza, levanten el bloqueo inhumano e ilegal a este territorio y pongan fin a la ocupaci&oacute;n del Territorio Palestino, poniendo en pr&aacute;ctica la opini&oacute;n consultiva de la Corte Internacional de Justicia de julio de 2024 que declaraba ilegal la ocupaci&oacute;n por Israel de Gaza y de Cisjordania, incluida Jerusal&eacute;n Oriental.     </li>
    <li>Que Ham&aacute;s y otros grupos armados en Gaza liberen inmediatamente a los civiles israel&iacute;es y extranjeros retenidos como rehenes, e Israel libere a las personas palestinas detenidas arbitrariamente. Ni lo uno ni lo otro puede estar supeditado al resultado de las negociaciones pol&iacute;ticas sobre la tregua.  </li>
    <li>Que la Uni&oacute;n Europea haga lo correcto: evitar correr el riesgo de ser c&oacute;mplice de actos de genocidio en Gaza y utilizar su poder e influencia en favor de los derechos humanos, la justicia y la rendici&oacute;n de cuentas. En concreto que garantice el respeto a los Convenios de Ginebra que exigen, como m&iacute;nimo, que todos los Estados suspendan las transferencias de armas a las partes en el conflicto, cooperen para garantizar la rendici&oacute;n de cuentas por violaciones del derecho internacional y apoyen a las instituciones y mecanismos internacionales, incluidas las investigaciones de la Corte Penal Internacional y de la Comisi&oacute;n de Investigaci&oacute;n de la ONU sobre el Territorio Palestino Ocupado. </li>
    <li>Que la Uni&oacute;n Europea se oponga frontal a cualquier intento de establecer una  presencia militar permanente en Gaza, modificar sus fronteras o deportar a la poblaci&oacute;n palestina de Gaza o Cisjordania, y reconozca que este traslado forzoso es una grave infracci&oacute;n del Cuarto Convenio de Ginebra y constituye un crimen de guerra.  </li>
</ul>
<p><strong>SUELOS DOTACIONALES </strong></p>
<p>3.- La Junta Municipal de Distrito del  Rabal ACUERDA: </p>
<ol>
    <li>Manifestar su profundo rechazo a la construcci&oacute;n de viviendas dotacionales en los solares de la calle Luis Pinilla Soliveres y Avenida de Catalu&ntilde;a, instando al Consejero de Fomento de Gobierno de Arag&oacute;n a paralizar de inmediato la licitaci&oacute;n de la concesi&oacute;n administrativa actualmente en curso. </li>
    <li>Instar al Gobierno de Zaragoza a acordar con los vecinos, Asociaciones de Vecinos afectadas y Junta Municipal de Distrito, el destino de estos solares determinando el tipo de equipamiento necesario e iniciando los tr&aacute;mites para la redacci&oacute;n de los oportunos proyectos. </li>
    <li>Instar al Gobierno de Zaragoza a trasmitir el solar de la calle Juslibol a Zaragoza Vivienda para que &eacute;sta inicie los tr&aacute;mites para la construcci&oacute;n de vivienda de alquiler asequible en el mismo. </li>
    <li>Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Fomento del Gobierno de Arag&oacute;n, al &Aacute;rea de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda y Energ&iacute;a del Ayuntamiento de Zaragoza, as&iacute; como a la Alcald&iacute;a de Zaragoza. </li>
</ol>
<p>4&ordm; APROBACI&Oacute;N DEL DOCUMENTO-PROPUESTA SOBRE LA ESTACI&Oacute;N DEL NORTE   </p>
<p>5&ordm; RUEGOS Y PREGUNTAS </p>]]></contenido></anexo>