<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>Adquisicion de plotter para la Unidad de Informacion Geografica: Resolución declaración desierto</titulo><tipo>Adjudicación definitiva</tipo><contenido><![CDATA[<p>RESOLUCI&Oacute;N DEL CONTRATO MENOR PARA ADQUISICI&Oacute;N DE PLOTTER PARA LA UNIDAD DE INFORMACI&Oacute;N GEOGR&Aacute;FICA</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Mediante providencia de fecha 31 de julio de 2024 del Coordinador del &aacute;rea de Urbanismo, Infraestructuras, Energ&iacute;a y Vivienda fue iniciado expediente de contrataci&oacute;n menor para la adjudicaci&oacute;n del contrato de suministros denominado ADQUISICI&Oacute;N DE PLOTTER PARA LA UNIDAD DE INFORMACI&Oacute;N GEOGR&Aacute;FICA</p>

<p>Constan en el expediente Memoria descriptiva y Ficha t&eacute;cnica, acreditando la primera de ellas el cumplimiento de los requisitos y limites aplicables a los contratos menores, de conformidad con lo dispuesto en el art&iacute;culo 118 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector P&uacute;blico.</p>

<p>Consta en el expediente documento contable RC n.&ordm; SICAZ 242272 , en virtud del cual se acredita la existencia de cr&eacute;dito adecuado y suficiente para atender el gasto derivado de esta contrataci&oacute;n</p>

<p>Mediante anuncio publicado en el Perfil de contratante en fecha 2 de agosto de 2024, fue conferido un plazo de 10 d&iacute;as para la presentaci&oacute;n de ofertas por los operadores econ&oacute;micos interesados</p>

<p>Han sido presentadas en plazo un total de 3 (TRES) ofertas</p>

<p>Ha sido emitido por el responsable del contrato informe-propuesta con fecha 20 de agosto de 2024, en el que se propone no admitir a tr&aacute;mite las ofertas presentadas por no cumplir las mismas con los requisitos del pliego obrante en el contrato.</p>

<p>Atendidos los preceptos de aplicaci&oacute;n de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector P&uacute;blico, la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector P&uacute;blico de Arag&oacute;n, las Bases de Ejecuci&oacute;n del Presupuesto y la Instrucci&oacute;n sobre los contratos menores del Ayuntamiento de Zaragoza y su sector p&uacute;blico.</p>

<p>A&nbsp; tenor de lo establecido en la Disposici&oacute;n adicional segunda, apartado 4, de la LCSP, las competencias relativas a las contrataciones y concesiones, incluidas las de car&aacute;cter plurianual, corresponden a la Junta de Gobierno Local (atribuciones que corresponden al Gobierno de Zaragoza de conformidad con lo previsto en el art&iacute;culo 14.1.f) de la Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de r&eacute;gimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Arag&oacute;n).</p>

<p>No obstante de acuerdo con el art&iacute;culo 14.2 de la Ley 10/2017, de 30 de noviembre, estas atribuciones en la materia objeto de este contrato se encuentran delegadas en los Coordinadores Generales de cada &Aacute;rea al tratarse de contratos menores, en virtud del acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, modificado por acuerdo de 17 de julio de 2015, y de conformidad con el Decreto de la Alcald&iacute;a de 18 de septiembre de 2023 y modificaciones posteriores, que establece que continuar&aacute;n vigentes las delegaciones atribuidas anteriormente hasta que sean revocadas o modificadas, entendi&eacute;ndose realizadas a los &oacute;rganos que resulten de lo establecido en dicho Decreto, este Coordinador del &aacute;rea de Urbanismo, Infraestructuras, Energ&iacute;a y Vivienda RESUELVE:</p>

<p><strong>PRIMERO.- </strong>No admitir las ofertas presentadas por las empresas Maosa Oficinas, S.L., Sugraf Tecnolog&iacute;a &amp; Producto, S.L. e ICT, S.A., por no cumplir dichas ofertas con los requisitos del pliego obrante en el presente contrato.</p>

<p><strong>SEGUNDO.-</strong> Declarar desierta la licitaci&oacute;n del presente contrato menor para adquisici&oacute;n de plotter para la Unidad de Informaci&oacute;n Geogr&aacute;fica</p>

<p><strong>TERCERO.-</strong> Publicar anuncio en el perfil del contratante y notificar el presente Decreto a la Unidad de Informaci&oacute;n Geogr&aacute;fica.</p>

<p><strong>CUARTO.-</strong> La presente Resoluci&oacute;n, pone fin a la v&iacute;a administrativa y contra la misma podr&aacute; interponerse potestativamente recurso de reposici&oacute;n ante el &oacute;rgano que la dict&oacute; en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, de acuerdo con los art&iacute;culos 9.c) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci&oacute;n Contencioso-Administrativa, en relaci&oacute;n con el art&iacute;culo 90.4 de la Ley Org&aacute;nica del Poder Judicial, de 1 de julio.</p>
]]></contenido></aviso>