Decreto de Alcaldía de 27 de febrero de 2009, por el que se establece el Sistema de Coordinación de la Comunicación y Publicidad del Ayuntamiento de Zaragoza

  • Aprobación inicial

    Ayuntamiento Pleno

  • Aprobación Definitiva

    Alcaldía
    27 febrero 2009

Texto Vigente

Resultando necesario desarrollar los mecanismos para la eficaz coordinación de la comunicación municipal, que permita mejorar su gestión en el marco general de la institución, la correcta implantación de la identidad corporativa y la aplicación de criterios administrativos de control del gasto y de las medidas de eficiencia y ahorro municipal establecidas por el Decreto de la Alcaldía de 24 de noviembre de 2008, dispongo:

  • PRIMERO.
    • Aprobar la puesta en funcionamiento de un Sistema de Coordinación de la Comunicación y Publicidad de las Áreas de Gobierno, sociedades, organismos autónomos y otras entidades dependientes, total o parcialmente, del Ayuntamiento de Zaragoza, con la finalidad de coordinar la comunicación institucional y:
    • Aportar conocimientos profesionales y recursos técnicos en la planificación, creación, estrategia de medios y contratación de las acciones y campañas de comunicación.
    • Asesorar y colaborar en la planificación y desarrollo de acciones y campañas de comunicación institucional.
    • Comprobar la adecuada identificación corporativa de los mensajes en los distintos soportes publicitarios propuestos, y la correcta utilización de los elementos gráficos de la marca institucional del Ayuntamiento.
    • Optimizar la eficacia de las campañas en la selección de los medios, según la estrategia de campaña y público objetivo, así como de la inversión a realizar.
    • Reducir los costes de contratación de los proveedores y los medios, de acuerdo con los criterios que se establezcan por la Dirección de Comunicación.
    • Implementar los criterios de eficiencia en el gasto, conforme a las políticas ahorro establecidas por el Ayuntamiento.
  • SEGUNDO.
    El sistema se aplicará sobre todas las manifestaciones de comunicación que conlleven la salida al exterior de la marca Ayuntamiento o cualesquiera de sus sociedades, organismos autónomos y otras entidades en las que participe el Ayuntamiento, siempre que con ellas se genere información institucional o de servicios, actos o actividades, en campañas o acciones puntuales y que incorporen soportes tales como: carteles, folletos y material impreso y en general, publicaciones, anuncios en medios convencionales o electrónicos, móviles, audiovisuales, stands en ferias, entre otros, sean contratados o no por entidades municipales.
  • TERCERO.
    La gestión del Sistema de Coordinación de la Comunicación se realizará por la Dirección de Comunicación en virtud de las funciones atribuidas a dicha unidad, siendo necesario su conformidad previa para la realización de las acciones y campañas de publicidad e información institucional.
  • CUARTO.

    Sistema de Coordinación de la Comunicación de Ayuntamiento de Zaragoza.

    1. Este sistema deberá utilizarse cuando se realicen acciones de comunicación institucional que conlleven la realización de soportes impresos, electrónicos, audiovisuales, o de otra naturaleza, y cualquiera que sea su ámbito: local, regional, nacional o internacional.
    2. Deberán utilizar el sistema:
      • a) Todas las Áreas de Gobierno, Concejalías, Direcciones Generales, Departamentos, Servicios, Gabinetes o cualquier otra unidad municipal.
      • b) Las sociedades mercantiles municipales o aquellas sociedades en las que el Ayuntamiento tenga participación mayoritaria.
      • c) Las Juntas Municipales y Vecinales.
      • d) Los organismos autónomos municipales y otras entidades u organismos en los que participe el Ayuntamiento y generen acciones de comunicación en las que aparezca la identidad gráfica municipal.
    3. En el sistema deberán inscribirse:
      • a) Las campañas con creatividad, soportes impresos, tales como carteles, folletos, adhesivos, vallas, publicaciones, vídeos, internet, móviles, medios de comunicación, stands, fondos, carpas, etc., entre otros soportes.
      • b) Las acciones puntuales que desarrollen creatividad en cualquier soporte o medio de comunicación.
      • c) Cualquier manifestación comunicacional que lleve asociada una identificación municipal, cuando intervenga el Ayuntamiento como promotor, organizador o colaborador.
    4. Procedimiento.
      Para el cumplimiento de los objetivos previstos se establece un procedimiento que, cumpliendo su cometido, sea sencillo, ágil y eficaz, y a tal efecto se crea un espacio en la Intranet municipal para registrar todas las acciones, cuyo acceso es: http://www.zaragoza.es/ciudad/enlinea/prensa-subvenciones.xhtm.El procedimiento se desarrollará mediante las siguientes fases:
      • a) Envío cumplimentado del documento de registro de la acción, que contiene los datos básicos sobre la misma.
      • b) La Dirección de Comunicación devolverá, mediante correo interno, el documento conformado.
      • c) El organismo municipal devolverá, por correo interno, copia del documento firmado para completar el expediente y tener constancia de su recepción.
      • d) Este documento, conformado, deberá adjuntarse al expediente administrativo para la tramitación de los pagos correspondientes a cada acción.

La Dirección de Comunicación dará respuesta con agilidad a los asuntos que lo requieran para que la necesaria coordinación no sea un obstáculo en la dinámica de estas acciones, pero a la vez se requiere trabajar con la previsión suficiente.

Dado en la I.C. de Zaragoza, por el Excmo Sr. Alcalde D. Juan Alberto Belloch Julbe, a veintisiete de febrero de dos mil nueve.