Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

Convenios Urbanísticos de Gestión (X 149)

Última Actualización: 25/08/2015
Concepto:

Son acuerdos el Ayuntamiento puede suscribir con otras Administraciones Públicas o con particulares, con el objeto de colaborar en el mejor y más eficaz desarrollo de la actividad urbanística, sin que de su cumplimiento pueda dervarse ninguna alteración de éste, ya que en este caso se trataría de un convenio de planeamiento.
Tienen carácter administrativo.
Límites: nulidad de pleno derecho las estipulaciones que contravengan normas imperativas.
La negociación, la celebración y el cumplimiento de los Convenios Urbanísticos están sujetas a los principios de transparencia y publicidad propios de la legislación de contratos.


Tipologia:

Los Convenios de Gestión tienen por objeto exclusivamente los términos y las condiciones de ejecución del planeamiento.

Pueden contener la sustitución económica del deber legal de cesión del aprovechamiento urbanístico que corresponda al Municipio, en supuestos excepcionales y previa valoración pericial.


Unidad Responsable: SERVICIO DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN URBANÍSTICA

Normativa

Procedimiento

A. Iniciación

  • Las solicitudes se presentarán presencialmente, en el Servicio de Información y Atención al ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20), acompañando la siguiente documentación:
    • 1) Instancia-formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de: Identificación (Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.) y  Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
    • 2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
    • 3) Propuesta de Convenio, debidamente justificada.

B. Ordenación e Instrucción

  • Informe del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación.
  • Informes de otros servicios municipales en función de la propuesta.
      *Como trámite específico, en los convenios de sustitución económica del deber de cesión debe emitir informe el Servicio de Control de Legalidad, una vez que se ha valorado económicamente el aprovechamiento, se ha aceptado la valoración por el promotor y se ha pronunciado sobre la propuesta del Consejo de Gerencia.
  • Informe del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística.
  • Propuesta de resolución de sometimiento a información pública.
      *Comisión Técnica de Asesoramiento.
      *Consejero de Urbanismo y Sostenibilidad.
      * Gobierno de Zaragoza.
  • Información pública del proyecto de convenio durante el plazo de un mes.
  • Publicación del texto íntegro del convenio en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón y tablón de anuncios.
  • Audiencia a los propietarios incluidos en el ámbito, a cuyos efectos los promotores del expediente deben incorporar las direcciones de éstos a efectos de notificación.
  • Si hay alegaciones se emite informe técnico y jurídico en relación con su contenido. Si el acuerdo de información pública impuso prescripciones, se valora su cumplimiento desde un punto de vista técnico y jurídico, resolviéndose lo que proceda.

C. Terminación

Aprobación del Convenio, en su caso:
  * Comisión Técnica de Asesoramiento.
  * Consejero de Urbanismo y Sostenibilidad.
  * Gobierno de Zaragoza.

D. Notificación

  • Al interesado, en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud: electrónico, postal o presencial.
  • Publicación del acuerdo de aprobación del convenio y del texto íntegro del mismo en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón.

E. Traslados

  • A los Servicios municipales de la Gerencia de Urbanismo.

F. Archivo del Expediente

Flujograma