Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

Información-Normativa >> Criterios


Asunto
Obligatoriedad o no de respetar el retranqueo de 10 metros a linderos de los centros de transformación en el ámbito del Plan Parcial del Polígono Industrial Empresarium.
Normas afectadas
Plan Parcial del Polígono Empresarium.
Cuestión planteada
Obligatoriedad o no de respetar el retranqueo de 10 metros a linderos de los centros de transformación en el ámbito del Plan Parcial del Polígono Industrial Empresarium.
Acuerdo
PRIMERO.- No adoptar criterio de interpretación en relación con la obligación de los centros de transformación de energía eléctrica de respetar los retranqueos de 10 metros a vial y 7 metros a linderos establecidos en el plan parcial del polígono empresarium, habida cuenta que ni las ordenanzas del plan parcial, ni las normas urbanísticas del plan general a las que aquéllas se remiten, excepcionan la aplicación de los referidos retranqueos. Todo ello, en los términos indicados en el informe del Servicio de Régimen Jurídico y Actuaciones Administrativas de 14 de diciembre de 2009.

SEGUNDO.- Informar que la solución para admitir la construcción de centros de transformación en las zonas de retranqueo, sin respetar las distancias de 10 y 7 metros, vendría dada por la modificación de las ordenanzas del plan parcial del sector 88/1-2, en los términos establecidos en los artículos 76 y siguientes de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

TERCERO.- Comunicar el presente acuerdo a los Servicios de Gerencia Municipal de Urbanismo para su información.
Órgano Resolutorio
Excmo. Ayuntamiento Pleno
Nº Expediente
1388140/2007
Fecha de Aprobación
23/12/2009