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Asunto
Interpretación del art. 16, apartado segundo de la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Normas afectadas
Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón
Cuestión planteada
El tramite de audiencia a los vecinos
Acuerdo
PRIMERO.- Adoptar criterio de interpretación del artículo 16, apartado segundo, de la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón en los términos indicados en el informe del Servicio de Régimen Jurídico y Actuaciones Administrativas de 10 de diciembre de 2009, y en concreto entender que:

l. El trámite de audiencia a los vecinos supone una notificación personal a todos los vecinos del inmueble donde vaya a ubicarse la actividad a implantar y a los de los inmuebles colindantes, esto es, el número anterior y el número posterior a aquél donde se localiza la actividad en cuestión.

2. La notificación personal puede limitarse a los casos en los que la actividad sea de nueva implantación y a aquellos casos en los que se produzca una modificación sustancial de la actividad ya implantada, cuya sustancialidad valorará el servicio gestor en materia de licencias.

3. El artículo 16.2 de la Ley 11/2005 no establece distinción en función de si el edificio en el que se implante la actividad es de uso exclusivo o parcialmente destinado a otros usos.

SEGUNDO.- Comunicar el presente acuerdo, junto con copia del informe del Servicio de Régimen Jurídico y Actuaciones Administrativas de 10 de diciembre de 2009 a la Comisión de Espectáculos Públicos de Aragón.

TERCERO.- Dar traslado del presente acuerdo a los Servicios de Gerencia Municipal de Urbanismo para su información, e insertarlo en la aplicación de la red informática de los criterios interpretativos de la Gerencia Municipal de Urbanismo, para general conocimiento a través de la Unidad Técnica de Sistemas de la Dirección de Servicios de Información y Organización.

Órgano Resolutorio
Consejo de Gerencia
Nº Expediente
1302042/2006
Fecha de Aprobación
18/12/2009