Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

Licencia de Funcionamiento, de actividades sujetas a la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recrativas y establecimientos públicos de la comunidda Autónoma de Aragón (x548)

AVISO: Trámite modificado el 07.09.2011 por la entrada en vigor de la Ordenanza Medios de Intervención en la Actividad Urbanística (MIAU)

Concepto
La licencia de funcionamiento tiene por objeto comprobar que la construcción, acondicionamiento e instalaciones se ajustan íntegramente a las previsiones del Proyecto previamente aprobado por el Ayuntamiento.
Contempla las actividades y establecimientos sujetos a la Ley 11/2005 y Catálogo de establecimientos (Decreto 220/2006, de 7 de noviembre).

Tipología

a) Actividades sujetas a la Ley 11/2005 y al Catálogo de establecimientos (Decreto 220/2006, de 7 de noviembre).

b) Las actividades contempladas en el Anexo VII, art. d)1 de la Ley 7/2006 de Protección Ambiental (actividades de hostelería, siempre que su potencia mecánica instalada no supere los 15 kw, su superficie sea inferior a 300 m2 y sin equipo de sonido).

Deberá tenerse en cuenta además la normativa sobre «Distancias Mínimas» y «Zonas Saturadas» en el término municipal de Zaragoza.
Las obras e instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el proyecto técnico aprobado y las condiciones señaladas en la licencia o autorización.
Cuando se trate de introducir modificaciones sustanciales en el proyecto presentado, el interesado deberá solicitar nueva licencia, con arreglo a los mismos requisitos que para su otorgamiento (supuestos en art. 150 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades locales de Aragón (RBASO)).

 

Documentación General

Documentación Técnica