Normas internas de la Residencia Casa de Amparo

  • Aprobación Definitiva

    Consejería Derechos Sociales
    28 enero 2016

    BOPZ
    37 16 febrero 2016

Texto Vigente

Normas generales

1. Los/as residentes deben observar las normas de convivencia, respeto mutuo, seguridad e higiene en las dependencias del centro y en las actividades que se desarrollen.

2. Las instalaciones del Centro se mantendrán en buen uso y limpias; para ello los/as residentes utilizarán los contenedores y papeleras.

3. En las zonas de uso común, se procurará siempre estar vestido adecuadamente y mantener una correcta higiene personal.

4. Durante las horas de limpieza de las áreas comunes el o la residente deberá facilitar el trabajo del personal procurando no utilizar las mismas.

5. Se evitarán aquellas actividades que puedan molestar a los demás residentes. En las plantas y zonas comunes se guardará el máximo silencio a fin de respetar el descanso de los demás, especialmente desde las 22:00 h hasta las 08:00 h.

6. Excepto la mesa del comedor y la habitación, no existen lugares reservados para ningún residente.

7. No se permite fumar en el Centro, salvo en los espacios al aire libre y aquellos específicamente habilitados para fumadores, según la normativa vigente.

8. Es preciso respetar los horarios establecidos en los diferentes servicios.

9. Corresponde a la dirección del centro la distribución de los residentes en las habitaciones, pudiendo modificarla de acuerdo con las necesidades. No obstante los traslados siempre serán motivados, se avisarán con tiempo suficiente y en todos los casos se tendrá en consideración las preferencias del residente, puesto que la habitación es una parte muy personal del mismo.

10. Si surgen alteraciones de convivencia en los espacios comunes, el usuario o residente deberá ponerlo siempre en conocimiento de la Dirección del Centro.

11. Está prohibido el uso de medios mecánicos de desplazamiento dentro de la residencia, salvo autorización expresa de la dirección previo informe del médico de la residencia que justifique que es imprescindible para la movilidad de la persona. Se dispondrá de un lugar próximo al acceso del centro para aparcar estos medios mecánicos.

12. El personal del centro merece el respeto y consideración del/a residente. Cuando éste/a se dirija a él/ella o requiera sus servicios, deberá hacerlo con un trato correcto. No está permitido ofrecer dinero o regalos de contenido económico a los/as trabajadores/as del centro.

13. Toda la atención a los/as residentes se organizará tratando de motivar actitudes y actuaciones que contribuyan a mejorar y, en su caso, a mantener o evitar el deterioro de sus capacidades y de su autonomía para las actividades de la vida diaria.

Normas relativas a las habitaciones

Limpieza, higiene y seguridad

1. El personal del Centro se encargará de efectuar la limpieza de las habitaciones en el horario que al efecto se determine por la Dirección. Durante el tiempo de permanencia del personal de limpieza en la habitación y para no entorpecer su trabajo, no deberá hacerse uso de la misma, salvo necesidades de urgencia. Como referencia general, el horario de limpieza de las habitaciones será desde la hora del desayuno hasta las 11:30 h.

2. El equipo de tratamiento valorará y decidirá a que residentes hay que hacer la cama o a quienes hay que prestar apoyo para realizar esta tarea, debido a sus limitaciones físicas o psíquicas. El resto de residentes deberá hacerse su cama a diario.

3. No se tendrá alimentos en las habitaciones que por su naturaleza se puedan descomponer, produzcan malos olores o deterioren el mobiliario; ni productos inflamables ni tóxicos tales como lejía, amoniaco, alcohol, etc., que puedan originar un accidente.

4. Por circunstancias excepcionales o cuando se aprecie un deterioro acusado del orden o de la higiene, la Dirección del centro podrá ordenar al personal auxiliar que revise los armarios de los residentes, siempre en presencia del interesado o de su familia.

5. No está permitido arrojar desperdicios de alimentos u otros objetos al exterior.

6. Para prevenir accidentes los residentes se abstendrán, por los riesgos que implica, de realizar las siguientes actividades en la habitación: cocinar o calentar alimentos, fumar o utilizar cualquier instrumento o práctica que ocasione riesgo de incendio.

7. Para evitar que se produzcan obstrucciones en las conducciones del Centro, no se permite arrojar desperdicios u objetos por ellas, ni tampoco al exterior.

8. Con el fin de favorecer el ahorro energético y de evitar accidentes, se pondrá especial cuidado en dejar los grifos cerrados y las luces apagadas al salir de la habitación.

9. Deberá comunicarse en Recepción o a los auxiliares, cualquier anomalía que se observe en la habitación.

10. Se evitará guardar cualquier producto farmacéutico que no esté prescrito médicamente y no sea para su administración o consumo inmediato, por los posibles riesgos de intoxicación.

11. Los/as residentes no podrán instalar ningún instrumento de cierre en las puertas y ventanas que obstaculice la entrada o la salida, a excepción, si así se desea, de la llave de la habitación que se le dará al afecto. No obstante, en ningún caso podrá dejar esta llave puesta por el interior ya que en caso de urgencia no se podrá abrir la puerta. Mobiliario, ropa de cama, mesa y aseo. Ropa personal 1. La muda de ropa de cama se efectuará siempre que lo requieran las circunstancias y en todo caso semanalmente. Con la misma periodicidad se cambiarán las toallas, servilletas, manteles y demás lencería. 2. La ropa personal interior se cambiará diariamente, y la exterior según necesidad.

Mobiliario, ropa de cama, mesa y aseo. Ropa personal

1. La muda de ropa de cama se efectuará siempre que lo requieran las circunstancias y en todo caso semanalmente. Con la misma periodicidad se cambiarán las toallas, servilletas, manteles y demás lencería.

2. La ropa personal interior se cambiará diariamente, y la exterior según necesidad.

3. El/la residente podrá complementar la decoración de la habitación a su gusto (con cuadros, fotos, etc...), siempre teniendo en cuenta que sus derechos los adquiere respecto a su plaza, no a la titularidad de la habitación, por ello estará sujeto a las limitaciones establecidas de manera justificada por la Dirección del centro.

4. En las habitaciones dobles, los residentes repartirán equitativamente el espacio, facilitando en cada momento la colocación de prendas y utensilios. Permitirán disponer en igualdad de tiempo de los servicios comunes, facilitando las necesidades justificadas del compañero/a y manteniendo la debida limpieza en las instalaciones, así como el mínimo decoro dentro de la misma. Respetarán los objetos y prendas del compañero/a, no usándolos sin su consentimiento.

5. Los residentes se abstendrán de modificar el mobiliario de las habitaciones sin aprobación previa de la Dirección del Centro y de utilizar aparatos eléctricos no autorizados por la misma.

6. La utilización de aparatos de radio, televisión o musicales, está condicionada a que no molesten al compañero/a o vecino/a, recomendándose el uso de auriculares en estos casos. Se respetarán las horas de descanso, especialmente desde las 22:00 h a las 08:00 h

7. Cuando un residente abandone provisional o definitivamente su habitación, ningún familiar podrá entrar en ella, ni tendrá derecho a nada que se encuentre en la misma, salvo que acredite tener derecho legal para ello, o el residente haya dado instrucciones en dicho sentido. La Dirección tomará las medidas oportunas para retirar y disponer de los efectos.

Cuidado personal, protección y control

1. Se prestará la ayuda necesaria a los/as residentes que tengan autonomía limitada, para vestirse, desnudarse, asearse, acostarse o cualquier otra actividad de la vida diaria.

2. Todos/as los/as residentes deberán ducharse al menos una vez por semana. El personal auxiliar prestará el apoyo necesario a aquellos/as residentes que no puedan hacerlo por si mismos/as, y controlará el cumplimiento de esta norma.

3. El corte o arreglo del cabello se efectuará por un servicio de peluquería con cargo al usuario/a, quien abonará el precio autorizado por la Residencia.

4. Se pondrá a disposición de los/as residentes un servicio de podología, cuyo coste será abonado por los mismos, no pudiendo superar el precio autorizado por la Residencia.

5. Las prótesis, órtesis, sillas de ruedas y ayudas técnicas de uso personal serán a cargo de los/as residentes. Se facilitará la solicitud de subvención a la que tenga derecho

6. Se establecerán las medidas de protección y control necesarias para los/as residentes, especialmente en aquellos casos en que por condicionamientos de índole física o psíquica de los mismos, puedan preverse situaciones de riesgo para su integridad.

7. El centro no se hace responsable de la pérdida de los objetos de valor o dinero que no sean depositados en la dirección del centro. Podrá cerrarse con llave el armario de la habitación.

8. Cualquier objeto que se encuentre se entregará inmediatamente a la Dirección o persona responsable, a fin de localizar a su propietario.

9. Cuando un residente se encuentre en el hospital o ausente de la Casa se cerrará la habitación. La enfermera recogerá aquellos objetos de valor que estuvieran en la habitación y los entegrará a la trabajadora social para su custodia hasta que el/a residente pueda hacerse cargo de ellos. Para entrar en la habitación, tanto familiares como cualquier otra persona, deberá hacerlo con la autorización de la Dirección y acompañado por la responsable de planta, que notificará a la Dirección cualquier incidencia.

10. Nadie, ni familiares, podrán disponer de la llave de la habitación, solamente el titular de la misma, o persona responsable de planta en quien ésta delegue.

11. En los casos de fallecimiento de residentes, se tendrá en cuenta el testamento y últimas voluntades de la persona fallecida, antes de disponer de cualquier remanente de dinero o otros bienes y objetos. Según el compromiso adquirido al ingreso deberán liquidarse, en primer lugar, los importes de los gastos ocasionados durante la estancia.

Lavandería

1. Los/as residentes disponen del servicio de lavandería para el lavado de su ropa personal. La Dirección organizará la forma de efectuar la recogida y entrega de las mudas y demás prendas.

2. Con el fin de evitar pérdidas y facilitar las labores de reparto, en toda su ropa constará el nombre, primer apellido completo y el número de habitación, cuyo marcaje se realizará en la Residencia. La Residencia no se hace responsable del extravío de aquellas prendas que no se entreguen para marcar previo a su uso, como tampoco se hará responsable si aquellas se encuentran muy deterioradas.

3. No está permitido entregar para su lavado ropa ostensiblemente estropeada . A este respecto él/a residente está obligado/a a renovar su vestuario y cambiar frecuentemente de ropa, por higiene y respeto hacia los demás.

Comedor

1. El menú es único para todos/as los/as residentes, salvo las dietas prescritas por los médicos del Centro.

2. Las comidas se servirán y conbsumirán en el comedor, salvo que por causa de enfermedad, a criterio del facultativo correspondiente, hayan de suministrarse en la habitación.

3. Los horarios deberán cumplirse con puntualidad, al objeto de evitar trastornos en el servicio. Si por cualquier circunstancia él/a residente no puede llegar a la hora indicada, deberá avisarlo con antelación.

4. El/la residente que no desee hacer uso de los servicios de comedor, lo notificará asimismo con la suficiente antelación.

5. En los comedores no está permitido introducir o sacar utensilios (cubiertos, servilletas, vasos, etc.), alimentos ni bebidas.

6. El puesto en el comedor es fijo; no obstante, por necesidades del servicio o por mejorar la convivencia, la Dirección del Centro podrá efectuar los cambios que se consideren oportunos.

7. En el comedor deberán guardarse las normas de convivencia y urbanidad. Salvo causa justificada, los/as residentes deberán permanecer en sus mesas hasta que se sirvan las infusiones.

8. Se prestará la ayuda personal necesaria a los/as residentes que no puedan comer por sí mismos, utilizando, en su caso, los medios técnicos precisos.

9. Los/as residentes podrán invitar a familiares y amigos a comer o cenar, comunicándolo al menos con un día de antelación. El precio del menú se fijará por la Dirección y su abono se realizará directamente a la empresa adjudicataria del servicio de cocina.

10. Deberán seguirse en todo caso las indicaciones del auxiliar o axiliares que estén a cargo del comedor, tendentes a garantizar el adecuado funcionamiento del mismo y el cumplimiento de las presentes nomas.

Atención Sanitaria

1. En el ámbito de la atención sanitaria que se presta en los centros, y que complementa a los sistemas de la sanidad pública, los/as residentes deben cumplir las prescripciones médicas y farmacéuticas.

2. Los/as residentes recibirán la atención adecuada a sus necesidades con arreglo a la elaboración de un plan de atención individualizada y la aplicación de los protocolos correspondientes.

3. Cuando no sea posible dar una respuesta adecuada a la dolencia del residente, éste será trasladado al centro hospitalario o de especialidades que corresponda. Existirá un protocolo de acompañamiento para estas situaciones, cuando el/a residente no tenga familiares que puedan acompañarlo. Si el usuario quedara ingresado en un centro hospitalario, será la familia la encargada de su atención.

4. Todos los residentes serán invitados a participar en los programas de Terapia Ocupacional y Fisioterapia.

Atención Social, cultural y religiosa

1. La R.M. Casa de Amparo propiciará la relación entre los usuarios y sus familiares o allegados, facilitando las visitas y organizando actos y encuentros colectivos.

2. Se establece un horario de llamada y/o visita de los distintos profesionales para que los familiares puedan ser atendidos por estos. La comunicación por parte de la Residencia con los familiares se producirá cada vez que las circunstancias lo requieran.

3. Los residentes y los familiares que deseen presentar quejas o reclamaciones sobre cualquier aspecto del funcionamiento o de los servicios del centro, las podrán hacer llegar a los responsables directamente o a través de un Buzón de Quejas y Sugerencias que estará situado en lugar visible.

4. La Residencia programará actividades de dinamización para fomentar la sociabilidad, la autovaloración y el aprovechamiento de la riqueza cultural de los mayores como medio de integración.

5. El centro dispondrá de un fondo de lectura a disposición de los/as residentes. Además dispondrán de semanarios y periódicos en los salones comunes. Con el fin de que puedan ser utilizados por todos/as los/as residentes, no se podrán apropiar ni llevar a las habitaciones u otras dependencias, ni tampoco deteriorar o "mutilar".

6. Las televisiones situadas en las salas de estar, en la cafetería o en espacios colectivos son para uso general de los/as residentes. Ninguna persona podrá imponer al resto las cadenas o programas que deben verse. En caso de discrepancia se tratará de hacer lo que la mayoría decida y si no fuera posible determinar cual es esta voluntad mayoritaria, se avisará al personal auxiliar o enfermeras para que decidan.

7. Los residentes disponen de una Iglesia destinada para uso religioso y abierta al barrio.

Visitas y comunicaciones

1. El Centro facilitará las visitas a los/as residentes, posibilitando las relaciones con el exterior; por ello podrán recibir visitas todos los días en horario de mañana y tarde. El horario de visitas sólo se limitará por razón de posibles molestias a los compañeros. Este horario lo establecerá la Dirección del Centro, y como mínimo será de ocho horas diarias. Las visitas fuera de ese horario deberán contar con el permiso de la Dirección. En caso de enfermedad grave el familiar o acompañante podrá permanecer todo el tiempo que desee.

2. El horario de visitas se colocará en lugar visible a la entrada de la residencia.

3. Con carácter general, el acceso de familiares o visitantes a las zonas de habitaciones o a los espacios de uso exclusivo de la residencia será de 10:30 a 13:00 horas y de 16:30 a 19:30 h., todos los días de la semana.

4. Los visitantes comunicarán su entrada y salida en la Recepción de la Residencia y, en todo caso, se identificarán a requirimiento del personal del centro.

5. Se aconseja a las visitas que, siempre que sea posible, paseen con sus familiares o amigos, dentro y/o fuera de la residencia, por pasillos, salones, terrazas y jardines. Si precisan cualquier tipo de ayuda (silla de ruedas, andador,...) pueden solicitarla al personal de planta.

6. Si el/la visitante no es familiar directo de un residente, y su presencia en el centro pudiera suponer un perjuicio para éste/a, para el resto de residentes o trabajadores/as, o provoque alteración de la convivencia, la dirección del centro podrá impedir, de manera argumentada, su entrada al mismo o el acceso a determinados espacios.

7. Los residentes dispondrán de teléfono en las habitaciones para recibir llamadas, y también podrán utilizar a tales efectos los inalámbricos en los salones. De la misma manera dispondrán de cabinas para llamadas al exterior. Los/as auxiliares prestarán el apoyo necesario a los/as residentes para el uso de los teléfonos fijos y móviles.

Sobre las salidas

1. Los residentes ejercen total libertad para entrar y salir de la Residencia cuando deseen, respetando el horario de comidas, descanso y cierre nocturno. Para los casos en la que la salida exceda de los horarios establecidos a tal efecto, deberá comunicarse a la dirección o persona responsable. En caso de ausencia no justificada, se pondrá en marcha el protocolo establecido a tal efecto.

2. Solo se restringirá la salida sin acompañamiento si las condiciones psicológicas o médicas del residente no lo permiten. En estos casos se gestionará un posible acompañamiento.

Horarios del centro y de sus servicios

Horario de Apertura y Cierre

  • Apertura: 08:00 horas
  • Cierre: 22:00 horas

Horario de Comidas

  • Desayuno: 09:30 horas
  • Almuerzo: 13:15 horas
  • Merienda (1ª y 3ª planta): 16,30:00 horas
  • Cena: 20:00 horas en planta baja y 19:30 horas en planta 1ª y 3ª