11 enero 2018

Abierto el plazo para solicitar ayudas para la rehabilitación de viviendas

El objetivo de esta convocatoria, que cuenta con un presupuesto de 2.8 millones de euros, es mejorar la eficiencia energética y la accesibilidad de inmuebles de la capital aragonesa

Se espera llegar a más de 300 hogares, donde se realizarán reformas como cambios de ventanas y cerramientos e instalaciones de rampas o platos de ducha

Las solicitudes deberán presentarse en la Unidad de Información y Atención al Ciudadano de Zaragoza Vivienda (calle San Pablo, 48)

Los vecinos y vecinas de Zaragoza pueden solicitar ayudas económicas para la rehabilitación de viviendas que tengan como objeto mejorar la eficiencia energética y la accesibilidad hasta el próximo 16 de marzo. El Consejo de Administración de Zaragoza Vivienda aprobó el pasado noviembre las bases reguladoras de la convocatoria de esta subvenciones que facilitarán reformas como cambios de ventanas y cerramientos e instalaciones de rampas o platos de ducha.

En la anterior convocatoria, un total de 166 viviendas se beneficiaron de estas ayudas. Debido al gran número de solicitudes recibidas el pasado ejercicio, se decidió aumentar la cantidad prevista en las partidas presupuestarias de 2017 del Ayuntamiento de Zaragoza en un millón de euros, hasta alcanzar los 2.8 millones de euros. Con este crecimiento se quiere llegar a mas de 300 hogares.

Las obras se iniciarán con posterioridad a la publicación de las bases, a excepción de órdenes de ejecución y casos justificados de riesgo estructural, que podrán haber comenzado a lo largo de 2017. Son compatibles con otras subvenciones siempre que su importe sea menor del 80%.

Las solicitudes deberán presentarse en la Unidad de Información y Atención al Ciudadano de Zaragoza Vivienda situada en la calle San Pablo número 48 de Zaragoza, en horario de 9 a 17 horas de lunes a jueves, y de 9 a 14 horas los viernes. Las consultas específicas requerirán de cita previa llamando al teléfono 976 289 494 / 976 405 888 en horario de atención. También se ha habilitado un correo electrónico: rehabilitacion@zaragozavivienda.es.

Además, Zaragoza Vivienda está realizando charlas informativas por distritos y barrios, donde está atendiendo a comunidades, asociaciones de vecinos u otras entidades, haciendo así más accesible esta convocatoria y resolviendo las dudas que pudieran surgir.

Líneas de trabajo de las subvenciones

La primera línea de ayudas está dirigida a comunidades de propietarios que necesiten realizar obras en elementos comunes que mejoren la eficiencia y la accesibilidad en edificios de más de 45 años de toda la ciudad. Las actuaciones a llevar a cabo tendrán que suponer la mejora en la eficiencia energética del edificio con una disminución de demanda energética de, al menos, el 50%.

La segunda se destinará a unidades de convivencia vulnerables que formen parte de comunidades de propietarios para facilitar la viabilidad económica de actuaciones de rehabilitación de las descritas en la línea uno, siendo sus ingresos netos totales inferiores o iguales a dos veces IPREM ponderado (21.484 euros).

En tercer lugar se encuentra la línea de ayudas de emergencia a comunidades de propietarios en situación de vulnerabilidad para realizar obras en elementos comunes que resuelvan situaciones graves de conservación, pobreza energética y/o accesibilidad. Para solicitarla, tendrán que ser comunidades en las que, al menos, el 60% de los propietarios de vivienda en la que habiten de forma habitual y permanente cuenten con unos ingresos netos totales menores o iguales a dos veces el IPREM ponderado. Entre las actuaciones a realizar se encuentra la supresión de barreras arquitectónicas en zonas comunes en el caso de contar con personas mayores de 65 años o discapacidad superior al 33% que residan de forma habitual.

La cuarta línea se denomina ¿Ayudas de emergencia a unidades de convivencia vulnerables para realizar obras en elementos privativos que resuelvan situación de pobreza energética y/o falta de accesibilidad¿, siendo sus ingresos netos totales inferiores o iguales a dos veces IPREM ponderado.