Licencia de actividades circunstanciales: castañas, churros, gorros, bandoleras, roscones, palmas, rosquillas y flores.
DESCRIPCIÓN
Tradicionalmente ha venido desarrollándose en la ciudad de Zaragoza la ocupación del dominio público al objeto de ejercer diversas actividades de venta ambulante, que como actividades circunstanciales, puestos circunstanciales y puestos de temporada se
caracterizan por la temporalidad inferior al año y desarrollarse en puestos o instalaciones desmontables y en lugares y fechas variables.
Por tanto tendrán la calificación de puestos de temporada aquellos que se autoricen para actividades o ventas de productos propios de determinadas épocas del año (castañas y churrerías portátiles), con duración superior a diez días y que no excederá de seis meses, entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo. Sin instalaciones permanentes.
Asimismo se consideran puestos circunstanciales, aquellas actividades desarrolladas en las inmediaciones de la Plaza de Toros y Campo de fútbol de la Romareda, se realicen los días de corrida o competición y consistan en la venta de chucherías, caramelos, cacahuetes, así como viseras y banderolas y demás elementos propios de tales espectáculos.
Finalmente se definen como actividades circunstanciales las que se autoricen para plazo no superior a diez días, sean fijas o sin puesto y sin posibilidad de prórroga.
Dichas actividades, puestos circunstanciales y de temporada, están sujetas a lo contemplado en la Ordenanza Reguladora de Actividades Comerciales e industriales en Terrenos Públicos, aprobada por Ayuntamiento Pleno el 26 de marzo de 1981 y publicada en BOP de 10 de junio de 1981, especialmente a lo referente al Capítulo IV del Título II.
Son objeto del presente Decreto las siguientes actividades:
A- PUESTOS DE TEMPORADA
- A.1.- Castañas: del 1 de octubre de 2023 al 31 de marzo de 2024.
- A.2.- Churrería portátil: del 1 de noviembre de 2023 al 31 de marzo de 2024.
B- PUESTOS CIRCUNSTANCIALES de GORROS y BANDEROLAS en las inmediaciones de la Plaza de Toros y Campo de fútbol de la Romareda, para los días de corrida o competición para la temporada 2023-2024.
C- ACTIVIDADES CIRCUNSTANCIALES con las siguientes categorías:
- C.1- Venta de roscones con motivo de las festividades de San Valero (27, 28 y 29 de enero de 2024), San Blas (2, 3 y 4 de febrero de 2024) y Santa Águeda (4 y 5 de febrero de 2024).
- C.2- Venta de palmas y adornos propios de la festividad del Domingo de Ramos, con motivo de ésta (del 18 de marzo al 24 de marzo de 2024).
- C.3- Venta de rosquillas con ocasión de San Antonio (10, 11, 12 y 13 de junio de 2024) y San Nicolás (5,6,7 y 8 de diciembre de 2023).
- C.4- Venta de flores con motivo de Todos los Santos, del 27 de octubre al 1 de noviembre de 2023, ambos incluidos.
MÁS INFORMACIÓN
- En el Decreto que se puede consultar en el apartado de Normativas.
Requisitos
Las licencias se otorgarán a los solicitantes que reúnan las condiciones siguientes:
- a) Ser persona física
- b) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en la legislación vigente.
- c) En el caso de extranjeros, estar en posesión de los correspondientes permisos de residencia y de trabajo.
- d) Acreditar la solvencia económica, mediante la constitución del depósito previo de la tasa que se refiere el apartado SEXTO del presente Decreto
- e) Acreditar la solvencia profesional mediante la documentación requerida en los términos a que se refiere el apartado QUINTO (5.3)
Normativas:
- Decreto de 27 de julio de 2023 sobre la Venta Ambulante, Actividades Circunstanciales, Puestos Circunstanciales y Puestos de Temporada. (Castañas, churros, gorros y banderolas, roscones, palmas, rosquillas y flores). (2023-2024) (documento pdf)
- Ordenanza Reguladora de Actividades Comerciales e Industriales en Terrenos Públicos
Plazo Presentación
El plazo para la presentación de solicitudes será de DIEZ días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza.
- Publicado en el BOPZ nº 176 de 03.08.2023
- Plazo de solicitudes: del 4 al 18 de agosto de 2023 (ambos inclusive)
FORMAS DE TRAMITACIÓN:
Presencial
PROCESO:
Los interesados en obtener autorización para las actividades licitadas, definidas en el Acuerdo SEGUNDO del presente Decreto, deberán presentar la solicitud en el Registro General de la Corporación o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la documentación que figura en el Anexo I.
DOCUMENTACIÓN:
Consulte Proceso de Solicitud y Documentación necesaria, en el apartado Quinto del Decreto.
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50071
- Horario:
- De lunes a viernes de 8:30 a 13,30h. (excepto festivos)
- Lunes y jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19h.
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
- Horario:
- De lunes a viernes: de 8,30 a 13,30 h.
Impresos relacionados:
- Actividades Circunstanciales en dominio público con puesto desmontable: Solicitud (documento pdf)
- Actividades Circustanciales en dominio público con puesto desmontable: Declaración jurada. (documento pdf)
- Comunicación Sanitaria de Establecimientos y/o Actividades No permanentes o Ambulantes de Alimentación o de Establecimientos de Temporada (documento pdf)
Órgano Gestor:
Pza. del Pilar , 18, Planta 1 - Zaragoza 50071
- Tfno: 976723708, 6302, 6300
- Fax: 976 721209