Salud Pública

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Las principales áreas de actividades necesarias para cumplir su objetivo y los requisitos legales y reglamentarios que le son aplicables, son:

  1. Inspección de establecimientos que requieran vigilancia y control sanitario.
  2. Vigilancia y control sanitario del agua de consumo humano, según se regula en el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
  3. Inspección y control sanitario de las actividades sometidas a intervención municipal.
  4. La inspección y control sanitario de los establecimientos no permanentes y/o de temporada.
  5. Laboratorio oficial de salud pública, para la realización de los análisis de los productos, sustancias y/o elementos derivados del ejercicio del control sanitario de las obligaciones señaladas en los apartados anteriores o de los apoyos que se requieran por parte de otros servicios municipales.
  6. El control integral de plagas con incidencia en la salud y que afecten al interés colectivo.
  7. La cooperación y coordinación con las distintas administraciones públicas, para la difusión y utilización de datos que pueden facilitar la investigación en salud pública y contribuir al Sistema de información en salud pública de Aragón.
  8. La información y atención de quejas o denuncias en las materias señaladas en los apartados anteriores o en aquellas otras que afecten a la salud pública o al interés colectivo de la población.
  9. Y aquellas otras que se le asignen en función de las normas que se publiquen o los acuerdos de colaboración que se realicen con otras instituciones u organismos públicos o privados