Asociación y Participación

Censo Municipal de Entidades Ciudadanas: Alta


Descripción

Procedimiento por el que se solicita el alta en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas.

Este Censo único será consultado por todas las Juntas de Distrito y Vecinales, así como todas las Areas del Ayuntamiento que concedan ayudas o subvenciones ya que toda entidad que las solicite,  deberá estar inscrita previamente en dicho Censo.

Pueden optar a ser inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas todas las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, que se organicen democráticamente y que tengan como objetivos la defensa, el fomento o la mejora de los intereses generales o sectoriales de los ciudadanos del municipio, cuyo ámbito de actuación comprenda en todo caso el término municipal o parte de éste y tengan en él su sede social o una delegación estable.

Una vez inscritas, las entidades deberán comunicar los cambios que se produzcan en la documentación presentada, en el plazo de un mes desde que se produzcan, al objeto de tener actualizada la Base de Datos del Censo de Entidades. En especial, se deberán comunicar los nuevos datos de contacto (como son teléfono, e-mail o sede social), variación de los componentes de la Junta Directiva, en especial los datos del Representante y cambios relativos a la identidad de la persona jurídica, como son cambio de denominación, de CIF o de Estatutos.

Para ello se utilizará el procedimiento de Actualización en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas.
Si transcurren cinco años sin que se haya recibido ningún tipo de comunicación por parte de la Entidad se podrá proceder a la baja de oficio en el Censo.

Plazo de Resolución


30 días hábiles

Silencio Administrativo


POSITIVO

Recursos que proceden


  • Recurso de Reposición
  • Recurso Contencioso-Administrativo

Formas de tramitación


Por Internet

Documentación

  • Fotocopia del C.I.F.
  • Fotocopia de los Estatutos
  • Acta o certificación de la última asamblea (en la que figuren los actuales miembros de la Junta Directiva)
  • Copia de la Resolución por la que se inscribe en el Registro General de Asociaciones del Gobierno de Aragón o en otro Registro Público
  • Programa o memoria anual de sus actividades.
  • Presupuesto anual de la entidad (Presupuesto de ingresos y Presupuesto de gastos).
  • Certificado del número de socios, emitido por el Secretario de la entidad.

 

Proceso.

Si dispone del DNI electrónico u otro Certificado Electrónico Reconocido admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza o sistema Cl@ve puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes

PASOS:

1. Qué documentación tiene que enviar

  •  Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las Instrucciones para Almacenar los Impresos.
  • Si es necesario presentar alguna documentación adicional que Vd. dispone en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.

2. Iniciar Procedimiento

  • Generar su solicitud haciendo clic en el botón rojo Iniciar trámite con Certificado o sistema Cl@ve y accederá al inicio de su solicitud que  cumplimentará de forma guiada y que será recibida en el órgano gestor correspondiente del Ayuntamiento de Zaragoza. Deberá completar sus datos e indicar si desea que las notificaciones se cursen electrónicamente en el espacio "Notificaciones" de "Mi Carpeta Ciudadana", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel (salvo sujetos obligados a relación electrónica según art. 14 de la ley 39/2015).
  • La solicitud será generada automáticamente con los datos que cumpliemente. Incorpore además la documentación adicional, si la hubiera.
  • A continuación, se le pedirá que firme su presentación (sólo si dispone de certificado electrónico o Cl@ve Permanente con registro fehaciente) y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en cualquier momento en su espacio "Registro de Entrada" de "Mi Carpeta Ciudadana".
  • Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición.
Dirigido a:
Última actualización: 2023-11-16

Descarga: Datos Abiertos

Órgano gestor


Negociado del Censo Municipal de Entidades Ciudadanas y Subvenciones