Agua

Agua. Reclamación por problemas en los Consumos facturados de una Póliza. Supuesto:'Se ha producido un cruce de lecturas entre varios Contadores'


Descripción

En algunos casos, bien por defectos en el marcaje de las baterías de contadores, por la manipulación incorrecta de éstos, o por errores de identificación de viviendas o locales, se imputan consumos a una póliza que corresponden a otra. Casos más comunes:

  • En la actualidad existen medios suficientes para evitar los cruces de lecturas en las fincas de nueva construcción. Sin embargo, en edificios antiguos, o en fincas nuevas que deben ser objeto de reparación, pueden producirse errores en la manipulación de los contadores que traigan como consecuencia el intercambio de contadores, con el consiguiente cruce de lecturas.
  • Los locales comerciales suelen ser los puntos de consumo más afectados por la falta de identificación concreta y las modificaciones (uniones y divisiones) que se producen a lo largo de la vida de un edificio.

ALGUNAS SUGERENCIAS:

Comprobación del cruce. Para ello cierre las llaves de paso del contador que figure en la posición de su vivienda o local

  • a) Si la vivienda o local se queda sin agua significa que es su contador. No existe cruce. Si el recibo no le parece correcto, consulte el procedimiento de reclamación por problemas de consumo .
  • b) Si sigue teniendo agua, a pesar de haber cerrado las llaves de paso, ese contador no abastece a su vivienda o local y se ha producido un cruce de lecturas. Continúe cerrando llaves de paso para localizar el contador que abastece a su vivienda.
  • En fincas con locales comerciales, establecer un criterio único y claro para identificar los locales.
  • Cuando deban sustituir la batería de contadores de la comunidad, acudir a un instalador autorizado. Ganarán en eficacia y garantía. Exija certificado de instalación cuando se sustituye una batería de contadores.
  • En ningún caso los particulares deben manipular los contadores instalados. Si los precintos se violan sin autorización, el Ayuntamiento no se hace responsable de las consecuencias.
  • Le recomendamos que ante un recibo que le genere dudas, no solicite la verificación del contador hasta que no quede otra opción.
  • Los contadores con funcionamiento deficiente suponen menos del 5% del total de contadores verificados y el coste de la verificación es por cuenta del abonado, caso de que el funcionamiento del contador sea correcto. Contacte con el órgano gestor y consulte las opciones que se le ofrecen.

Plazo de Resolución


Una vez presentada la reclamación correspondiente, el plazo de resolución está en función del número de gestiones a realizar y de la diligencia de los afectados en facilitar los datos y realizar los trámites necesarios.Por término medio, el plazo de resolución se sitúa en tres meses.Caso de ser necesaria devolución de ingresos mediante liquidación de regularización, el plazo máximo se sitúa en seis meses.

Formas de tramitación


Presencial

Lugar de Presentación

Oficina de Registro Plaza del Pilar
  • Direccion: Pza. del Pilar , 18 50071
  • Horario
    • De lunes a viernes de 8:30 a 13,30h. (excepto festivos)
    • Lunes y jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19h.
Oficina de Registro Seminario
  • Direccion: Vía Hispanidad, 20 50071
  • Horario
    • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,30 h.

Documentación

a) Instancia general en la que describa las circunstancias que han concurrido en su caso; las comprobaciones que ha efectuado y solicite la regularización de los recibos afectados por cruce de lecturas, acompañada de:

  • Copia del recibo o recibos objeto de reclamación.
  • Los datos identificativos de las viviendas o locales afectados por el cruce.

b) Una vez comprobada la existencia de cruce de lecturas, se notificará al resto de afectados, con carácter previo a la resolución de la reclamación.

Atendidas las posibles alegaciones, se regularizará la situación mediante Resolución del órgano competente

Proceso

Efectos tributarios para el reclamante:

  • La regularización sólo podrá afectar a los periodos no prescritos.
  • Se compensarán las cantidades abonadas con las que resulten de la regularización.
  • Al afectado que proceda la devolución de los consumos abonados en exceso, se le efectuará una liquidación de regularización para ingresar en cuenta la cantidad que corresponda.
  • Al afectado que proceda el pago de los consumos realmente efectuados, se le emitirá liquidación complementaria que será remitida a su domicilio fiscal para su pago.
  • Si las cantidades a cobrar y devolver, respectivamente, fueran pequeñas, podrán resolverse mediante cargos y abonos compensatorios en los recibos sucesivos de las pólizas afectadas.
  • En ningún caso la presentación de reclamación supone la paralización del procedimiento recaudatorio, caso de que alguno de los recibos reclamados esté impagado.

Correo

Documentación

a) Instancia general en la que describa las circunstancias que han concurrido en su caso; las comprobaciones que ha efectuado y solicite la regularización de los recibos afectados por cruce de lecturas, acompañada de:

  • Copia del recibo o recibos objeto de reclamación.
  • Los datos identificativos de las viviendas o locales afectados por el cruce.

b) Una vez comprobada la existencia de cruce de lecturas, se notificará al resto de afectados, con carácter previo a la resolución de la reclamación.

Atendidas las posibles alegaciones, se regularizará la situación mediante Resolución del órgano competente.

Proceso

Efectos tributarios para el reclamante:

  • La regularización sólo podrá afectar a los periodos no prescritos.
  • Se compensarán las cantidades abonadas con las que resulten de la regularización.
  • Al afectado que proceda la devolución de los consumos abonados en exceso, se le efectuará una liquidación de regularización para ingresar en cuenta la cantidad que corresponda.
  • Al afectado que proceda el pago de los consumos realmente efectuados, se le emitirá liquidación complementaria que será remitida a su domicilio fiscal para su pago.
  • Si las cantidades a cobrar y devolver, respectivamente, fueran pequeñas, podrán resolverse mediante cargos y abonos compensatorios en los recibos sucesivos de las pólizas afectadas.
  • En ningún caso la presentación de reclamación supone la paralización del procedimiento recaudatorio, caso de que alguno de los recibos reclamados esté impagado.

Preguntas Frecuentes

Última actualización: 2023-11-28

Descarga: Datos Abiertos

Órgano gestor


Oficina Municipal del Agua

  • Zentro Empresarial. Avda. Ranillas, 3 A, oficina 0A (Recinto Expo) - 50018
  • https://www.aguasdezaragoza.es/
  • aguaszaragoza@aquara.es
  • 976 200 800 (atención al cliente) - 900 810 064 (lectura contador) - Whatsapp: 689 225116
    • Lunes a viernes: atención teléfonica y contratación: de 8 a 16:30h.
    • Martes y jueves de 10 a 13h. Cita Previa